Revista Psicología

11 banderas en nombre de tus derechos sexuales

Por Convictorius @convictorius_

¿Leí bien? ¿Derechos sexuales? ¿Tengo derechos sexuales? Pues, sí. Y dado que existen para consagrar tu plenitud física, emocional e intelectual, desarrollar tu personalidad, evolucionar tu sentido de afiliación en tus relaciones de pareja y orientar tu comportamiento sexual, debes resguardarlos como una causa digna a favor de tus derechos humanos y de los demás.

Los derechos sexuales se declararon en el XIII Congreso Mundial de Sexología, celebrado en Valencia (España) en 1997 y fueron revisados y aprobados por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología (WAS), el 26 de agosto de 1999, durante el 14avo Congreso Mundial de Sexología de Hong Kong (China).

Así como los derechos humanos no conocen fronteras, los derechos sexuales no deben reconocer límites. Representan el tratado, pacto y convención más vigente en los temas de educación para la sexualidad. ¡Conoce, ejerce y defiende tus derechos sexuales!

Derechos sexuales

  1. Derecho a la libertad sexual. La libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin embargo, esto excluye toda forma de coerción, explotación y abusos sexuales en cualquier tiempo y situación de vida.
  2. Derecho a la autonomía, integridad y seguridad del cuerpo. Este derecho incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto de la ética personal y social. También están incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
  3. Derecho a la privacidad sexual. Este involucra el derecho a las decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la intimidad siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
  4. Derecho a la equidad sexual. Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
  5. Derecho al placer sexual. El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
  6. Derecho a la expresión sexual emocional. La expresión sexual va más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.
  7. Derecho a la libre asociación sexual. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsables.
  8. Derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Esto abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y espaciamiento entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de regulación de la fecundidad.
  9. Derecho a la información basada en el conocimiento científico. Este derecho implica que la información sexual debe ser generada a través de la investigación científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales.
  10. Derecho a la educación sexual integral. Este es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas las instituciones sociales.
  11. Derecho a la atención de la salud sexual. La atención de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.

Fuente: Derechos sexuales. Educación para la sexualidad con bases científicas: Documento de consenso de Madrid.

Photo: www.informador.com.mx Campaña “Tus derechos sexuales y reproductivos valen”, de la organización Mujer y Salud en Uruguay


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