Revista Cultura y Ocio

Aclaraciones del Ayuntamiento de Ponferrada respecto al levantamiento de las restricciones en las instalaciones deportivas

Publicado el 13 febrero 2021 por Ponferradahoy @ponferradahoy

El Ayuntamiento de Ponferrada informa que el levantamiento de las restricciones decretadas el pasado 15 de enero como medidas adicionales recomendadas por la Junta de Castilla y León a los Ayuntamientos, no es un levantamiento sin condiciones, pues siguen vigentes las restricciones decretadas por la propia Junta de Castilla y León el pasado 12 de enero de 2021 dentro de sus competencias (BOCyL 13 de enero de 2021, página 649).

Así, en lo relativo a las instalaciones deportivas municipales, y de acuerdo con lo establecido por la normativa autonómica, las condiciones de uso son las siguientes:

   1.- Actividad física y deportiva no oficial (federada y no federada).

Máximo 33% de aforo, en instalaciones convencionales.

 Puede realizarse de forma individual o colectiva, siempre que sea al aire libre y respetando distancia de seguridad.

   2,- Actividades físicas y deportivas colectivas o grupales no oficiales (federadas y no federadas).

Aforo máximo de 6 personas, incluido monitor y con espacio mínimo de 2×2 metros por usuario. Distancia mínima de 4 metros entre grupos.

No superar en ningún caso el 33% del aforo (en caso de realizarse en instalaciones deportivas convencionales o centros deportivos).

3.- Actividad deportiva oficial de carácter no profesional y ámbito autonómico (federada y programa de deporte escolar)” :

  • En entrenamientos, máximo 30 personas simultáneamente.
  • Se pueden desarrollar en instalaciones cerradas. Mascarilla obligatoria en instalaciones cerradas.
  • Se realizarán al aire libre cuando sea inevitable el contacto físico.

– Sí se podrán realizar en espacios cubiertos aun cuando haya contacto físico en los siguientes casos:

  • Los deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento.
  • Las competiciones oficiales federadas, clasificatorias para competiciones oficiales de ámbito estatal
  • La actividad de los centros de Tecnificación Deportiva
  • No será necesaria en estos casos el uso de la mascarilla.

4.- Competiciones oficiales, incluyendo los entrenamientos, de carácter no profesional de ámbito estatal e internacional, de selecciones autonómicas y competiciones regulares de ámbito autonómico con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal”:

  • Se sigue el protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes:
  • Se pueden desarrollar en instalaciones cerradas.
  • La mascarilla no es obligatoria

El Ayuntamiento de Ponferrada informa que el levantamiento de las restricciones decretadas el pasado 15 de enero como medidas adicionales recomendadas por la Junta de Castilla y León a los Ayuntamientos, no es un levantamiento sin condiciones, pues siguen vigentes las restricciones decretadas por la propia Junta de Castilla y León el pasado 12 de enero de 2021 dentro de sus competencias (BOCyL 13 de enero de 2021, página 649).

Así, en lo relativo a las instalaciones deportivas municipales, y de acuerdo con lo establecido por la normativa autonómica, las condiciones de uso son las siguientes:

   1.- Actividad física y deportiva no oficial (federada y no federada).

Máximo 33% de aforo, en instalaciones convencionales.

 Puede realizarse de forma individual o colectiva, siempre que sea al aire libre y respetando distancia de seguridad.

   2,- Actividades físicas y deportivas colectivas o grupales no oficiales (federadas y no federadas).

Aforo máximo de 6 personas, incluido monitor y con espacio mínimo de 2×2 metros por usuario. Distancia mínima de 4 metros entre grupos.

No superar en ningún caso el 33% del aforo (en caso de realizarse en instalaciones deportivas convencionales o centros deportivos).

3.- Actividad deportiva oficial de carácter no profesional y ámbito autonómico (federada y programa de deporte escolar)” :

  • En entrenamientos, máximo 30 personas simultáneamente.
  • Se pueden desarrollar en instalaciones cerradas. Mascarilla obligatoria en instalaciones cerradas.
  • Se realizarán al aire libre cuando sea inevitable el contacto físico.

– Sí se podrán realizar en espacios cubiertos aun cuando haya contacto físico en los siguientes casos:

  • Los deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento.
  • Las competiciones oficiales federadas, clasificatorias para competiciones oficiales de ámbito estatal
  • La actividad de los centros de Tecnificación Deportiva
  • No será necesaria en estos casos el uso de la mascarilla.

4.- Competiciones oficiales, incluyendo los entrenamientos, de carácter no profesional de ámbito estatal e internacional, de selecciones autonómicas y competiciones regulares de ámbito autonómico con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal”:

  • Se sigue el protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021, elaborado por el Consejo Superior de Deportes:
  • Se pueden desarrollar en instalaciones cerradas.
  • La mascarilla no es obligatoria

Volver a la Portada de Logo Paperblog