Revista Coaching

Ayudas para desempleados

Por Daviid

Si estas en desempleo estos son los tipos de ayuda a que te puedes acoger en la actualidad si buscas empleo y no lo encuentras.

Ayudas para parados y subsidios por desempleo.

Ayudas para desempleados
El Servicio Público de Empleo Estatal reconoce 9 tipos de ayuda para las personas en situación de desempleo, aparte de las ayudas específicas que existen para los trabajadores agrarios.Para que sea más sencillo comprender los tipos de ayuda, es importante conocer primero qué tres requisitos estarán presentes para poder acceder a ellas, son:1- Estar en situación legal de desempleo2- Estar inscrito oficialmente como desempleado3- Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).Las ayudas que el Gobierno reconoce y pone al servicio de aquellos que se encuentran en situación de desempleo son las siguientes:Plan de ayuda gratuito para buscar empleo en internet1- Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo y tienen responsabilidades familiares.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Haber agotado la prestación por desempleo del nivel contributivo- Tener responsabilidades familiares.Su duración es de 6 meses prorrogables hasta 18 y la cuantía ascenderá al 75% del SMI vigente sin incluir en el cómputo las pagas extraordinarias.2- Trabajadores mayores de 45 años que han agotado la prestación por desempleo de, al menos, 12 meses y no tengan responsabilidades familiares.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Haber agotado la prestación por desempleo del nivel contributivo de duración igual o superior a 12 meses- Tener cumplidos los 45 años en la fecha en la que se agotó la prestación contributiva. La duración será de 6 meses y la cuantía será del 75% del SMI vigente sin incluir en el cómputo las pagas extraordinarias.3-Trabajadores emigrantes retornados.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Haber trabajado en el extranjero como mínimo 6 meses desde su última salida de España- No tener derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo.Tiene una duración de 6 meses prorrogables y la cuantía será del 75% del SMI vigente sin incluir en el cómputo las pagas extraordinarias.Ofertas de empleo4- Trabajadores, que al producirse la situación legal de desempleo, no han cubierto el periodo mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Tener cotizados en la Seguridad Social al menos 3 meses en el supuesto de tener responsabilidades familiares o de 6 meses si se carece de ellas- No haber cubierto el periodo mínimo de cotización para tener derecho a prestación contributiva.La duración varía en función de la cotización a la Seguridad Social que tenga alcanzada el trabajador y de las responsabilidades familiares que tenga. La cuantía se mantiene idéntica a las que se cobraría en las ayudas anteriormente citadas.5- Liberados de prisión.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:-Que la privación de la libertad haya sido superior a seis meses.-No tener derecho a percibir subsidio por desempleoLa duración será de 6 meses prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses. La cuantía a percibir será de 426 euros al mes.6- Trabajadores que sean declarados plenamente capaces o incapaces parciales como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 1 mes desde la fecha de la resolución del expediente de revisión por mejoría.-No haber rechazado oferta de empleo, adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, desde la inscripción como demandante de empleo.La duración será de 6 meses prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.  La cuantía a percibir será de 426 euros mensuales.7- Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años.Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:- Tener cumplidos 55 años en la fecha de la solicitud.- Estar inscrito como demandante de empleo y no haber rechazado oferta de empleo, adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, desde la inscripción como demandante de empleo.- Haber cotizado por desempleo un mínimo de seis años a lo largo de su vida laboral.-Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación del Sistema de la Seguridad Social.Este subsidio se percibirá hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que le permita acceder a la pensión contributiva de jubilación en cualquiera de sus modalidades y tendrá una cuantía de 426 euros mensuales.8- Renta Activa de InserciónLos requisitos adicionales para poder acceder a ella son:-Tener cumplidos 45 años.- Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante al menos doce meses y que busque activamente empleo y no haya rechazado oferta de empleo adecuado ni se haya negado a participar salvo causa justificada en acciones de empleo.- Haber extinguido la prestación y/o el subsidio por desempleo salvo cuando la extinción se hubiera producido por imposición de sanción y no tenga derecho a la protección por dicha contingencia.-No tener derecho a prestaciones o subsidios por desempleo o a la renta agraria- Cuando el trabajador tenga una discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33%-Cuando el trabajador sea un emigrante que, habiendo retornado del extranjero en los doce meses anteriores a la solicitud, hubiera trabajado como mínimo seis meses en el extranjero desde su última salida de España.- Tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o doméstica, salvo cuando conviva con el agresor.La cuantía a percibir será de 426 euros y tendrá una duración de como máximo 12 meses.9- Plan PREPARA (Programa de recualificación de las personas que agoten su protección por desempleo)Los requisitos adicionales para poder acceder a ella son:-Las personas desempleadas por extinción de su relación laboral, inscritas en las Oficinas de Empleo, que desde el 16 de agosto de 2012, hasta el 15 de febrero de 2013, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo, o bien agoten alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas.Su duración es de 6 meses y la cuantía a percibir es 75% del IPREM mensual si no se tienen cargas familiares y del 85% del IPREM si se tienen al menos a tres miembros de la unidad familiar a cargo.Toda la información aquí facilitada tiene un carácter totalmente orientativo por lo que siempre será recomendable ampliar y confirmar la información facilitada en la Oficina estatal de Empleo más cercana o a través del teléfono de Atención al Ciudadano 012.Sigue nuestro facebook de empleoFuente de la noticia

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