Revista Salud y Bienestar

Ayudas y coberturas actuales destinadas a los Autónomos

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Nadie pone en duda que el sector de los autónomos es uno de los más castigados por la administración, sobre todo en cuanto al pago de impuestos y al vacío en lo referente a derechos sociales. Comparado con el resto de trabajadores no tienen ninguna facilidad para conseguir la baja por enfermedad, la prestación por desempleo o los permisos por paternidad por citar algunos casos.
 
fbfbb
 
Desde Pedirayudas.com queremos recordar las seis ayudas de la Seguridad Social que tiene hoy día el autónomo, según el Servicio de Empleo.

  • Autónomos con baja de maternidad o paternidad: cuentan con una bonificación del 100% de la cuota que resulta de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante el periodo de sustitución.
  • Altas de familiares colaboradores de autónomos: disponen de una bonificación del 50% de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente e cotización vigente durante un año y medio.
  • Jóvenes autónomos: Los hombres menores de 30 años y las mujeres con menos de 35 años disfrutarán de una bonificación del 30% de la cuota mínima de autónomos durante un periodo de 30 meses, que suponen 15 meses de reducción y otros 15 meses de bonificación. Hace referencia a los autónomos dados de alta a partir de la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo. Las personas menores de 30 años contarán con una reducción de 80% durante los seis primeros meses, del 50% durante los siguientes seis, del 30% entre el 12 y 15 mes, y con una bonificación del 30% durante los siguientes 15 meses hasta cumplir los 30 meses.
  • Autónomos mayores de 30 años: tendrán una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante un máximo de 18 meses, una reducción del 80% durante los seis primeros meses, del 50% los siguientes seis meses y del 30% entre el primer año y el mes 18.
  • Los autónomos de Ceuta y Melilla en los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo e Industria contarán con una bonificación del 50% de la base de cotización por contingencias por tiempo indefinido.
  • Personas autónomas con discapacidad: en el caso de aquellos que se den de alta en el RETA con un grado de discapacidad del 33% o superior tendrán reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes durante cinco años, reducción del 80% durante seis meses si no cuenta con asalariados y bonificación del 50% durante 54 meses. En el caso de los discapacitados menores de 35 años la reducción del 80% se prolongará durante un año y la bonificación del 50% durante los siguientes cuatro años.

Volver a la Portada de Logo Paperblog