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Certificación energética: diferencias entre comunidades autónomas

Por Igse @IGSEcertifica

Certificación energética: diferencias entre comunidades autónomas

Como consecuencia de la implantación de una directiva europea obligatoria para todos los países miembros, desde el uno del junio del año pasado los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deben contar con una certificación que especifique la eficiencia energética de la misma.

La certificación energética según la comunidad autónoma

Esta certificación energética es obligatoria, aunque no puedan registrarla en el organismo oficial que les corresponda. Una vez que el técnico ha hecho la revisión del edificio y ha elaborado el informe de eficiencia energética, los propietarios deberían registrarlo en un organismo oficial específico que pertenece a cada una de las Comunidades Autónomas. Después del registro, este organismo entrega una etiqueta de eficiencia energética, que es lo que debe entregarse a los futuros propietarios de la vivienda o enseñarse a las personas interesadas en alquilar el piso. Además, esta etiqueta es la que debe acompañar los anuncios de venta o alquiler de la vivienda, ya que es el documento oficial que indica cómo de eficiente es la vivienda y cuántas emisiones expulsa a la atmósfera. Es decir, el informe del técnico es un documento útil para saber la eficiencia energética de nuestra vivienda y un paso necesario para obtener la etiqueta energética, pero el documento oficial es el que deben dar las Comunidades Autónomas.

Sin embargo, cuando ha llegado la fecha de entrada en vigor de la normativas, las Comunidades Autónomas no tenían preparados los organismos que se iban a encargar de ese trámite. A pesar de que la directiva europea ya tenía unos cuantos años, no se ha previsto adecuadamente su entrada en vigor y cuando lo ha hecho, en muchas Autonomías no existían los organismos encargados de realizar estos trámites. No obstante, en lugar de que eso eximiese a los propietarios de hacer la revisión, éstas son obligatorias aunque luego no puedan registrarse. Es cierto que supone una cierta injusticia, porque se obliga a los propietarios a cumplir con su parte de unos trámites que luego no pueden finalizar porque la administración no ha cumplido con la suya. Sin embargo, al fin y al cabo, el trámite vamos a tener que hacer igual tarde o temprano y así por lo menos lo tenemos algo avanzado.

En la actualidad, tanto Aragón como Ceuta y Melilla siguen sin tener oficina de registro. Según han explicado a la prensa los responsables de Aragón, la causa ha sido que los plazos que daba la ley eran insuficientes para hacer un registro con herramientas de calidad que permitiese recoger datos sobre eficiencia energética y no únicamente meter los expedientes en un cajón. Sea como sea, lo cierto es que el hecho de que las Comunidades Autónomas sean las encargadas de desarrollar la normativa ha creado importantes diferencias entre unos territorios y otros. No solo en cuando a la creación de los registros, sino también en lo que se refiere a las diferencias entre normativas y los precios que hay que pagar por obtener la etiqueta. La consecuencia de no hacer una normativa única ha sido que existen diecisiete legislaciones diferentes, cada una con unas particularidades y un precio distinto. Por ejemplo, mientras el trámite es gratuito en Madrid, Cataluña o Andalucía, en Extremadura, Baleares y Murcia cuesta dinero: 22 euros en el primer caso, 4,78 en el segundo y 7,57 en el tercero. Debido a ello, algunas asociaciones de consumidores han pedido que haya un único registro o que al menos se unifiquen los criterios, pero no parece que sea sencillo de conseguir.

Otro punto en el que podría haber importantes diferencias de unos territorios a otros es en las sanciones previstas para los incumplimientos de la ley, que pueden llegar hasta los 6.000 euros. Algunas Comunidades han previsto la creación de un pequeño cuerpo de inspectores encargados de esta función, aunque todavía no han empezado a funcionar. Sin embargo, otras han declarado que simplemente van a seleccionar viviendas al azar y comprobar si el trámite del registro ha seguido todos los pasos necesarios y no se ha cometido ningún fraude. En cualquier caso, sea como sea, esperemos que no genere más diferencias entre Comunidades Autónomas, con unas que apliquen sanciones y otras que no, ya que al final los perjudicados son los ciudadanos.

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Etiquetas: certificación energética, eficiencia energética, etiqueta energética

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