Revista Coaching

Consideraciones del protocolo familiar

Por Juan Carlos Valda @grandespymes

Consideraciones del protocolo familiar

por Sergio Armendáriz Chaparro

Protocolo Familiar, Constitución Familiar, Acuerdos Familiares: cualquiera que sea el nombre que elijan es lo de menos, lo más importante son las consideraciones y detalles a cuidar. Por ejemplo: ¿Cuál es el momento adecuado para su elaboración?

El momento adecuado para desarrollarlo será aquel en que los miembros de la familia se pueden sentar pacíficamente a negociar y a buscar consensos sobre cómo habrán de trabajar juntos. "Si existen diferencias que no les permiten sentarse a deliberar sobre los asuntos de la empresa y de la familia, que de hacerlo resultaría en discusiones inútiles, es preferible buscar ayuda profesional, para resolver las diferencias y emociones que no los dejarían negociar" (Mauricio Álvarez).

El Protocolo Familiar es un proceso que demanda discusión y debate, muchas veces acalorado, para poder llegar al consenso. Si pretendemos iniciar el proceso de elaboración en un momento crítico para el negocio, en el que éste demande todos los recursos de sus dueños, es preferible atender la empresa, estabilizar las cosas, poner en orden lo que haya que poner en orden y después entrar al proceso del Protocolo Familiar.

¿Tienen validez legal los compromisos del Protocolo Familiar?

Especial cuidado se debe tener al considerar este aspecto. Si lo que se busca es asegurar que los firmantes del documento cumplan con todo lo que se ha estipulado y lo cual han firmado, el pensar que un documento legal lo garantizará podría ser no realista en un 100%.

Los que firman un Protocolo son personas que llegan a un acuerdo bajo ciertas circunstancias personales, familiares y de la empresa. Estas circunstancias pueden variar con el tiempo y nadie puede asegurar cómo se comportarán esas personas en el futuro, al variar las circunstancias. Tampoco lo puede asegurar un documento legal, especialmente si el compromiso no nació de un convencimiento personal y una intención sincera de cumplir con lo que se firma.

Por esta razón los acuerdos del Protocolo deben ser, en primera instancia, compromisos morales, asumidos voluntariamente.

Los compromisos así adquiridos tienen mayor probabilidad de ser respetados en el futuro, aun cuando las circunstancias cambien.

Si lo que nos preocupa son los bienes que dejaremos a la siguiente generación, también debemos pensar en que la mejor herencia que les podemos dejar es el buen ejemplo que les demos mientras estemos con vida.

También, dice Álvarez, con el mismo convencimiento debemos decir que si los acuerdos del Protocolo son asumidos como un compromiso moral, no tienen por qué no ser asumidos como un compromiso legal, por lo que el que alguien solicite llevarlos a esa instancia no debe ser considerado como muestra de desconfianza, sino como una manifestación adicional de mantenerse en lo que se firma.

La ratificación de las firmas de un Protocolo Familiar ante un notario por sí sola no garantiza legalmente el cumplimiento de todo lo acordado. Lo que se logra mediante este procedimiento es evitar que alguien pueda desconocer su propia firma.

Se deben establecer estrategias claras buscando lograr el compromiso legal en los aspectos que más preocupen en este sentido a los miembros de la familia. Los documentos prevalecen con fuerza legal, empezando con el acta constitutiva. Documentos firmados por quienes tienen los derechos sobre la empresa: los propietarios, los accionistas.

El Protocolo Familiar no reemplaza los estatutos y reglamentos vigentes en una sociedad respecto a los derechos y obligaciones de los accionistas. Si la validez legal es un aspecto que preocupa a quienes firman el Protocolo Familiar, el documento debe ser redactado como un documento base para que de él emanen documentos con fuerza legal. Acuerdos que puedan llevar a una Asamblea de Accionistas igual tendrán el carácter legal. Quedo a la orden para sus comentarios.

Empresa Familia Generaciones, S.C.

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