Revista Salud y Bienestar

¿Cuánto hay que esperar para un juicio de incapacidad permanente?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
¿Cuánto hay que esperar para un juicio de incapacidad permanente?

El juicio por incapacidad consiste en interponer una demanda contra el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). Este proceso se inicia cuando se deniega la pensión por incapacidad permanente en cualquiera de sus grados.

Además, la demanda contra el INSS por un juicio de incapacidad se tiene que presentar ante el Juzgado de lo Social. El resultado de este procedimiento la mayoría de las veces es la condena al organismo público de otorgar la incapacidad al trabajador.

El juicio por incapacidad permanente es el medio que ayuda a muchas personas a conseguir su pensión. Para llegar a un juicio contra la seguridad social por incapacidad hay que agotar en primer lugar las dos fases de la vía administrativa en la solicitud de incapacidad.

Cuando la reclamación previa se desestima, lo que procede es interponer una demanda de incapacidad ante los Juzgados de lo Social. En caso de ser admitida la demanda, se procede al desarrollo de la vista del juicio por incapacidad. Cuando no admiten la demanda el caso queda cerrado y la opción que queda es acudir a un tribunal condene al INSS.

La duración del juicio puede variar en función de la situación pero por lo general la sentencia suele tardar entre dos semanas y un mes aproximadamente. Si la Justicia nos da la razón, no solamente se cobrará una pensión de incapacidad, si no que también puede contemplar el ingreso de una indemnización por los atrasos en los pagos que se deberían haber percibido

¿Qué hacer antes de un juicio por incapacidad?

Es necesario hacer la presentación de la solicitud por incapacidad por la vía administrativa y tener una revisión del Tribunal médico. El INSS emite una resolución sobre el expediente, pero la notificación puede tardar máximo 135 días hábiles. La resolución puede ser la aprobación de la pensión, el grado asignado o la negativa a un derecho que tenemos. Cuando esto ocurre lo primero no es reclamar por la vía judicial, si no iniciar una reclamación en la propia Seguridad Social.

Lo que se haría es una reclamación previa, donde manifestamos el desacuerdo por la decisión tomada. También se exponen los motivos que apoyan la queja y se indica lo que realmente se solicita.

El plazo para presentar la reclamación previa es 30 días hábiles, que comienzan a contar a partir de emitida la primera resolución desfavorable. Después de interpuesta la reclamación, el INSS cuenta con 45 días hábiles para responderle al trabajador.

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