Revista Salud y Bienestar

Cuidados paliativos y el Testamento vital (primera parte)

Por Seo Bloguero
Testamento vital y consentimiento informado
En el «testamento vital» se indica la voluntad expresada por una persona sobre las elecciones terapéuticas y médicas que la afectarán en la fase final de la vida
El tema del testamento vital o biológico no se puede pensar en abstracto. Es necesario tener presente que estamos hablando del dolor y del sufrimiento de las personas; el sufrimiento no es indiferente ni al médico, ni al familiar, ni a la misma persona que sufre. El sufrimiento humano afecta no sólo al cuerpo, sino a toda la persona; por eso engendra angustia y miedo; la angustia extrema provoca congoja que atenaza y destruye. De hecho, se tiene más miedo antes de sufrir que en el momento mismo del sufrimiento. Por eso la primera reacción natural es buscar eliminar o prevenir el sufrimiento y en particular prevenirlo declarando la voluntad de dejarse morir o de ser ayudados a morir.
1. Definición de testamento vital
La expresión «testamento vital» o «testamento biológico» no suele ser unívoca en el uso que de ella se hace; otras expresiones similares como: «Voluntad anticipada», «Living will», «Durable Power of Attorney for Health Care», «Carta de autodeterminación» contribuyen a generar equívocos. En general, podemos decir que con «testamento vital» se indica la voluntad expresada por una persona sobre las elecciones terapéuticas y médicas que la afectarán en la fase final de la vida. Se manifiesta la voluntad de ser asistido o de no ser asistido e, incluso, de dejar morir rechazando cualquier medio, proporcionado o menos, de sostén vital, cuando se encuentre afectado por una grave enfermedad que compromete la «calidad» de vida.
2. Aspectos antropológicos del testamento vital
La razón de fondo para hacer un testamento vital es el respeto a la autodeterminación de la persona, es decir la afirmación que el paciente es el agente principal del acto médico. Sin embargo, hay que tener presente que la libertad humana no es tal en sentido abstracto, sino es «libertad» en relación a los valores, indisociablemente unidos a la verdad misma de la persona. Por eso un acto de autodeterminación que vaya contra la verdad objetiva y el bien mismo de la persona, no es un acto de auténtica libertad, sino una deriva de la libertad convertida así en libertinaje. De ahí que el testamento vital implica una serie de contradicciones:
  • El análisis antropológico de nuestra libertad muestra que las decisiones libres valen para el presente y en situaciones concretas, pero no tienen valor en situaciones hipotéticas. Un mismo sujeto puede hacer decisiones diferentes en circunstancias diversas. Por eso el testamento vital bloquearía nuestra libertad. Es decir, en el caso de una enfermedad que no impidiera comunicar con los demás, y hubiéramos cambiado decisión, el ejecutar el testamento vital anticipado sería una violación de nuestra autonomía. Por tanto el testamento vital es rígido, no flexible, e inadecuado a expresar nuestra libertad y autonomía. Y no vale decir que se pude cambiar mientras se es consciente, porque su valor es precisamente para cuando ya no se es consciente y es imposible cambiarlo.
  • Las decisiones que nosotros tomamos cuando estamos enfermos, a menudo son diferentes de las decisiones que tomamos cuando, estando sanos, imaginamos una situación de enfermedad. Existe la duda fundada, si no la certeza, que una decisión expresada en estado de salud, y antes del momento en que haya sobrevenido una grave enfermedad que conlleva la pérdida permanente de la conciencia, pueda mantener la misma validez al transcurrir el tiempo y cambiar las circunstancias.
  • El testamento vital es inútil para el paciente; en efecto cuando un paciente no puede manifestar actualmente su decisión, el médico tiene que tratar la enfermedad según la buena práctica médica. Si el valor de nuestras elecciones es el respeto de nuestra vida, y del bien propio y ajeno, cada uno tendrá siempre que procurar este bien, incluso sin un testamento vital.
  • El testamento vital puede ser, incluso, nocivo, no solamente en el sentido de que lesione la dignidad, sino también limitando las elecciones de terapias futuras. Nadie puede predecir el desarrollo de la medicina. El testamento impediría la aplicación de nuevos descubrimientos.

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