Revista Salud y Bienestar

Cuidados paliativos y el Testamento vital (segunda parte)

Por Seo Bloguero
3. Juicio ético del testamento vital (ver 1ª parte)
Cualesquiera sean los motivos por los que se hace un testamento vital, en el fondo se da siempre una motivación: la desconfianza. La necesidad de tal documento nace de la falta de unos auténticos cuidados paliativos y de la ausencia de los elementos de fondo de tales cuidados, que son:
  •  Aceptación de la contingencia y limitación de nuestra vida
  •  Amor al prójimo, sobre todo si es un familiar
  •  Ayuda, sostén y compañía al que sufre, sea en el campo médico sea en el psicológico y espiritual
  •  Confianza en quienes nos cuidan, sean familiares o médicos
La ausencia de estos elementos crea una situación de desconfianza entre el enfermo y quién debería asistirlo. De hecho, si se tiene confianza en los familiares y en el médico, si se está convencido de que siempre querrán únicamente nuestro bien como nosotros lo queremos, no se sentirá la necesidad de hacer un testamento vital.
El juicio ético se basa en la dimensión antropológica de la libertad humana y en la dignidad de la vida humana. La libertad es un bien, y en cuanto tal debe respetarse, pero no siempre se adecua al bien de la persona. Por tanto no hay obligación moral de respetar una elección que contradiga el bien objetivo de la persona.
Por otra parte, hoy se habla mucho del valor absoluto de la vida humana, se proclaman los derechos de la persona, pero ¿en qué se fundan? La razón percibe que la dignidad de la persona humana va más allá de las condiciones vitales en que se encuentra. El valor absoluto que la persona encuentra de modo espontáneo en si misma, nace de su apertura hacia lo absoluto de verdad y de valor. No hace falta afirmar explícitamente esta relación para percibir el valor de la persona. Pero la eventual negación explícita recaerá sobre la negación del valor de la persona y la vida humana.
Los pretendidos derechos a la eutanasia, nacen paradójicamente del otorgar valor absoluto a la condición temporal de nuestra vida. Cuando lo que únicamente cuenta es la vida actual, es lógico que se mida su valor según criterios inmanentes. Según estos criterios, cuando la vida se encuentre con el sufrimiento o, sencillamente, con el cansancio vital, no habrá razón moral alguna para continuar viviendo en ese estado. Sin embargo, obrando así se contradiría el valor que se quiere proteger. Por otra parte, la finalidad natural, primaria y principal de la medicina, reconocida ya en lo antiguo y siempre actual juramento de Hipócrates, es la defensa y la protección de la vida, no su manipulación o eliminación.
Según estos principios fundamentales, se pueden establecer los siguientes criterios éticos de actuación:
  • Respecto al «futuro paciente» que hace ahora el testamento, el documento tendrá que respetar la dignidad de la persona, atenerse a las normas de la buena práctica médica, y no contener indicaciones eutanásicas o de encarnizamiento terapéutico.
  • Respecto al médico y a los familiares, el testamento vital puede dar indicaciones útiles sobre las preferencias del paciente, pero el médico y los familiares no están obligados a seguir el testamento vital si éste violara la buena práctica médica y el bien objetivo del paciente. Ciertamente, no están obligados nunca a ejecutar un testamento biológico que prevea la eutanasia del paciente.
  • El testamento vital, que se presenta como el respeto de la voluntad del paciente, puede ser en realidad la puerta abierta hacia la eutanasia, con el agravante de que en esta decisión «anticipada» ya no hay la posibilidad de cambio una vez entrado en el estado de imposibilidad de comunicación. Se podría dar el caso de un paciente que dentro de si no quiere morir, pero que experimenta que en virtud de la decisión anticipada, lo están dejando morir o incluso matando.
  • La fundamental expresión del respeto de la dignidad de las personas no es sólo el respeto de su autonomía, sino el respeto del bien objetivo de la persona. Por tanto, la autodeterminación que aspira a definir qué debería o no debería hacerse con nosotros cuando nos encontremos en estado de inconsciencia, debería respetarse únicamente en aquellos aspectos que son coherentes y concuerdan con nuestro bien integral objetivo.
Para que esta decisión sea una verdadera elección, que la sociedad y el médico tienen que respetar, es necesario que no contradiga la ley moral natural del «no matar».
http://es.catholic.net/sexualidadybioetica/342/786/articulo.php?id=27895
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