Revista Sociedad

Dos Casos de estudio: Reglamento SENA

Por Daniel Hernando Corzo Arevalo @danielcorzo1
DESCRIPCIÓN CASO FEDERICO

Federico es un aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inicio su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.

Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carne personal que lo acredita como aprendiz SENA

Federico Manifiesta que nunca ha tenido carnet y que en dos oportunidades se le ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.

ANALISIS DEL CASO

De acuerdo con el reglamento de aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los diferentes cuestionamientos:

    ¿Qué respuesta le daría usted a Federico y en que capítulo del Reglamento se Basaría?

En el artículo 3 se considera aprendiz no solo a las personas matriculadas en los programas de formación presencial si no cualquier tipo de formación, sea Presencial, Virtual o Combinada es por ello que los derechos y deberes son los mismos. Ya en el artículo séptimo se reglamentan los derechos de los aprendices donde el numeral 4 garantiza la obtención de un carné que lo acredite como tal luego de legalizar la matricula. En este caso Federico lleva 4 meses de formación.

    En relación con la líder de bienestar, ¿Qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por qué.

La funcionaria del SENA dio una información equivocada ya que todo aprendiz del Servicio Nacional de Aprendizaje, este en modalidad presencial o virtual tiene el derecho según el artículo séptimo del reglamento del aprendiz de gozar de una acreditación que lo referencie como aprendiz.

La solución que planeo es que rápidamente se le expida el carné a Federico y la funcionaria pida disculpas por su falta de información.

DESCRIPCIÓN CASO NICOLAS

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en las guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para conocer como le ha ido a lo largo de su proceso.

Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este responde: "Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades". Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.

Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.

ANALISIS DEL CASO

De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:

    ¿En qué capítulo, articulo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

El artículo séptimo del reglamento del aprendiz titulado derechos del aprendiz da claridad de cómo hacer esta solicitud. Nicolas se puede basar en varios ítems entre ellos:

(8). Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se puedan presentar en su proceso de formación.

(11). Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula

(12). Solicitar, de manera respetuosa, la revisión de las evaluaciones correspondientes, si considera que el resultado no es objetivo, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.


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