Revista Cultura y Ocio

El Contrato Social, el pacto entre el individuo y el Estado

Publicado el 04 junio 2014 por Albilores @Otracorriente

Contrato social

El Contrato Social (Du Contrat Social), que vio la luz en 1762, es un tratado sobre los derechos políticos que pretende enfrentarse con el difícil problema de mantener la libertad en una sociedad  que sea a la vez justa y humana: “El hombre nació libre y, sin embargo, vive en todas partes encadenado”. El fantástico ensayo de filosofía política del francés Jean Jacques Rousseau, inspirador, junto a otros ilustrados, de los grandes movimientos ideológicos y políticos posteriores que transformaron el mundo y dieron paso a la Edad Contemporánea, tiene como principales motores la libertad y la semejanza que hay dentro de cada uno de los individuos de las sociedades, pasando por las diferentes etapas y formas de gobierno que ostentan.

En realidad, El Contrato Social es un proyecto inacabado cuya estructura consta de cuatro libros divididos en capítulos. Cada capítulo viene enfatizado con una idea central, pero llevan a un objetivo conciso.

En el primer libro, Rousseau parte de la tesis que supone que todos los hombres nacen libres e iguales por naturaleza. Nos habla del estado originario del hombre, afirma que la familia es el primer modelo de sociedad política. El autor discrepa en la afirmación del derecho del más fuerte y afirma que dicha filosofía es incorrecta. Después de hablar sobre la inhumanidad de la esclavitud y sobre el derecho de los demás respecto de una persona, que es nulo, nos indica qué es un pacto social: cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte indivisible del todo. De este modo distingue tres tipos de libertades: la libertad natural, que es la que se pierde tras el contrato; la libertad civil, que está limitada por la voluntad general y la libertad moral, que es la única que convierte al hombre en amo de sí mismo. El pacto social convierte en iguales a los hombres por convención y derecho.

En el segundo libro del Contrato Social se encarga de definir sobre todo el concepto de voluntad general, a cuyo ejercicio lo llama Rousseau soberanía, destacando su inalienabilidad e indivisibilidad. También analiza las nociones de ley, que no sería otra cosa que un acto de la voluntad general, es decir, donde el pueblo sería el legislador. El autor las divide en tres principales: leyes políticas, leyes civiles y leyes penales, pero añade una más, no como ley natural, si no como parte de lo que se encarga de regir a la sociedad, se refiere a las costumbres y raíces de la misma.

En el tercer libro, el más extenso, se ocupa fundamentalmente del gobierno y de sus formas. El gobierno es “un cuerpo intermedio establecido entre los súbditos y el soberano para su mutua correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes y del mantenimiento de la libertad, tanto civil como política”. El gobierno no es otra cosa que el ejercicio legítimo del poder ejecutivo. El poder legislativo, por su parte, siempre es del pueblo y sólo puede pertenecer a él.

Entre las diferentes formas de gobierno que aparecen analizadas en El Contrato Social asegura que la más efectiva es aquella que preserva el objetivo primordial de los pactos sociales, que es la conservación y multiplicación de la especie humana.

En el último libro, el cuarto, comienza hablando de la bondad y rectitud de los hombres sencillos. Éstos necesitan pocas leyes. Vuelve a insistir en la noción de voluntad general, la voluntad constante de todos los miembros del Estado.

Las partes más controvertidas de su pensamiento son las que defienden la necesidad de la dictadura como elemento para prevenir y solucionar los momentos de crisis en las repúblicas. También entiende que es necesaria la censura como manifestación de la opinión pública.

En este último libro hay también un pequeño apunte sobre la religión cristiana, a la que Rousseau considera incompatible con la libertad; lo cristiano es opuesto a la república y, por ello, el autor aboga por una profesión de fe completamente civil y propone las normas de sociabilidad frente a los dogmas de religión.

El Contrato Social establece la voluntad general “como verdadero motor del cuerpo social”, en detrimento de la voluntad particular. La voluntad general se configura mediante un pacto libre entre iguales, excluyendo la sumisión a terceras personas, que supone la renuncia de cada uno a sus propios intereses en favor de la colectividad, es decir, los hombres voluntariamente renuncian a un estado de natural inocencia para someterse a las reglas de la sociedad, a cambio de beneficios mayores inherentes al intercambio social. Este consentimiento voluntario se materializa a través de un contrato, “el contrato social” en este caso.

La reestructuración social que propone Rousseau en El Contrato Social debe tener como efecto la total socialización del hombre, con objeto de impedir que surjan y se consoliden intereses privados. Nadie debe obedecer a otro, sino todos a las leyes que emanan del Estado, las cuales son expresión de la voluntad general, encarnada por el Estado y en el Estado. En definitiva, la defensa del bien común conduce a un vaciamiento del individuo, el cual se ve absorbido por el cuerpo social. Se trata, pues, de una obra de gran utilidad porque sus argumentos bien podrían valer para reorganizar nuestro sistema político actual, tan denostado por los acontecimientos recientes que se escudan en una crisis económica cada día menos clara.


Volver a la Portada de Logo Paperblog