Revista Política

El Derecho penal del enemigo en la lucha contra el yihadismo

Publicado el 20 enero 2015 por Erasmodesiderio @erasmodesiderio

En el post anterior, ya mencioné la necesidad de examinar el fenómeno terrorista desde el punto de vista europeo, sin perder de vista que el problema no es sólo de terrorismo, sino de fundamentalismo, cuestión en la que entraré después. Dicha necesidad de examinar el fenómeno terrorista particular derivado del yihadismo, aunque sea necesario para fundamentar políticas específicas para los colectivos de los que se alimenta, puede que no sea muy positivo desde el punto de vista jurídico. El blog Hay Derecho acaba de publicar una entrada en la que se examinar precisamente esta cuestión, analizando el llamado “Derecho Penal del enemigo“. Un extracto:

“Si de la contaminación pasamos a la justificación de la excepción, la conclusión sigue siendo igual de preocupante. En realidad, lo que existe no es el miedo a una derrota militar, sino a una “contaminación política y social”, como demuestra el último libro de Houllebecq, tan expresivamente titulado “Sumisión”. Un miedo a que los ciudadanos dejen de ser, efectivamente, “ciudadanos”. Sin embargo, el Derecho penal del enemigo supone una implícita legitimación de -precisamente- la Yihad o el combate bélico entre combatientes enemigos situados en una relativa posición de igualdad, por mucho que nosotros siempre seamos los buenos. De esta manera, su efecto disuasorio es nulo. Como ha señalado Manuel Cancio (Derecho penal del enemigo) “la mayor desautorización que puede corresponder a esa desafección intentada por el “enemigo” es la reafirmación de la pertenencia del sujeto en cuestión a la ciudadanía general, es decir, la afirmación de que su infracción es un delito, no un acto cometido en una guerra”. La lucha frente a ETA dio un paso de gigante cuando sus militantes consiguieron ser “reducidos” de la categoría de gudaris enemigos a la de simples ciudadanos delincuentes. La retórica bélica en boga no parece, pues, muy recomendable. Todavía menos si nos percatamos de su efecto respecto de la ciudadanía en general, pues fomentará sospechar de quinta columnistas respecto de todos aquellos “próximos” al “enemigo”, ya sea por compartir una religión o una nacionalidad.

Esto último nos corrobora, por si hiciera falta, que lo que realmente está en juego no es la utilidad de estas medidas, sino los principios de un Estado democrático y de Derecho. Al igual que negociar con ETA no era la mejor forma de eliminar la coacción antidemocrática que ella implicaba, sucumbir a la amenaza de devaluar nuestros principios democráticos y liberales mediante la aceptación acrítica del Derecho penal del enemigo no es, precisamente, la mejor forma de luchar contra ella”.

Dicho en lenguaje llano, los terroristas consiguen lo que quieren: sociedades en las que en lugar de libertad, reine el miedo y la represión. Ahora bien, el yihadismo es sólo una parte del problema. Desde luego, es la más espectacular pero a la larga es mucho peor el fundamentalismo, porque es el que acaba dando fundamento moral e ideológico al yihadismo. La diferencia entre ambos es crucial: el yihadismo es terrorismo, basado en los postulados de una religión (sin entrar ahora en si es correcta o no la interpretación pero claramente lo hacen en nombre de Alá). Pero el fundamentalismo es volver a los fundamentos iniciales de una religión: en el caso del islámico, consiste en imitar a Mahoma, que, entre otras cosas, fue un caudillo conquistador que vivió hace más de 1200 años. Normas que en ese momento pudieron parecer un avance, claramente ahora no lo son.

Y es esto contra lo que es más difícil luchar: salvo que se incurra en delito (no sólo físico, sino también económico o, incluso, ideológico, con el enaltecimiento del terrorismo) o se intente subvertir el orden constitucional, el Derecho Penal puede hacer poco, pero habrá que diseñar políticas que consideren esto también, respecto del problema de asimilación social de los inmigrantes de segunda y tercera generación, mucho más proclives al extremismo que sus padres o abuelos. Todos sabemos que el entorno de ETA fue tan o más importante que la propia banda terrorista a la hora de proporcionar justificación, apoyo moral, cobertura y logística a sus actividades criminales (y todavía lo es: sólo hay que ver el proceso contra los abogados de ETA tan actual).


 El Derecho penal del enemigo en la lucha contra el yihadismo


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