Revista Jurídico

El TJUE avala la venta de ordenadores con aplicaciones y programas preinstalados.

Por Derechodelared

En su sentencia, el TJUE concluye que la comercialización de un ordenador con programas preinstalados no constituye "en sí mismo" un comportamiento desleal ni engañoso, aunque aclara que corresponderá al tribunal nacional determinar si en el caso concreto no supone una distorsión.

Además, considera en su sentencia que no existen"prácticas comerciales desleales" ya que el demandante había sido informado adecuadamente de lo que adquiría y, posteriormente, se le ofreció la posibilidad de cancelar la compra completa.

La corte europea ha apuntado en su sentencia que los ordenadores equipados con este tipo de software "responden a las expectativas de un segmento importante de los consumidores", que prefiere esta opción a la compra por separado de cada elemento.


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