Revista Perú

Esos letreritos de velocidad máxima

Publicado el 28 septiembre 2013 por Eduardocarranzagazzani @ElPeriodicoPeru

Foto EduardoESOS LETRERITOS DE VELOCIDAD MÁXIMA
Por Eduardo Carranza Gazzani. (27-09-2013)

Ahora que está en el candelero el tema de las fotopapeletas por exceso de velocidad es el momento preciso para hablar más ampliamente de este importante tema.

Lo de los letreros que se ponen y se sacan de acuerdo a conveniencia y con clara voluntad de dolo ha sido la gota que ha derramado el vaso de agua.

Pero vayamos al principio de todo. Según el artículo 162 del Reglamento Nacional de Tránsito (D.S 016-2009-MTC), vigente desde 2009, donde se establecen los límites de velocidad tanto en la ciudad como en las carreteras, se precisa que en calles la velocidad máxima es 40Km/h, en avenidas 60Km/h, en Vías Expresas 80Km/h, en zonas escolares y de hospitales 30Km/h y en carreteras 100Km/h.

Es decir. En cualquier avenida del Perú podemos circular a una velocidad máxima de 60Km/h, y por lo tanto las autoridades no pueden poner un letrero que indique 30Km/h como velocidad máxima, salvo que esté justificado por la presencia de un colegio u hospital.

Pero lo que saca de quicio es encontrar, de pronto y sin justificación alguna, en carreteras como la Panamericana un letrero que nos haga disminuir de pronto a 30Km/h, y ¡Oh sorpresa! Nos encontramos un patrullero convenientemente ubicado pocos metros más allá del letrero apuntándonos con su detector de velocidad. Está demás decir que todos caen en falta, ya que es imposible disminuir inmediatamente de 100 a 30Km/h. O de pronto encontramos un letrero que dice 60Km/h, sin justificación alguna, ya que las características de la carretera siguen siendo las mismas. Pero lo peor y más enervante de todo es que no hay ningún aviso que nos indique donde termina la zona de 60Km/h y retorna la de 100Km/h.

CONCLUSIONES:

En general cuando nos imponen límites claramente ridículos y antitécnicos, simplemente no se pueden cumplir.

Ya sea que circulemos por una calle, avenida, vía expresa o por una carretera nosotros solo tenemos que tener en cuenta las velocidades máximas que están indicadas en el Reglamento Nacional de Tránsito (30, 40, 60, 80 y 100 kilómetros por hora).

Cualquier limitación de velocidad que no esté contemplada en el reglamento debe estar muy claro donde comienza y donde termina dicha limitación de acuerdo con criterios técnicos y no con antojos.

Los velocímetros de todos los autos tienen error, no son absolutamente precisos. Además de acuerdo al tamaño del aro y el perfil de las llantas que usemos, el margen de error aumenta. Por consiguiente no se nos puede imponer una papeleta por un exceso de dos, tres o cuatro o cinco kilómetros. Más aún si está comprobado que las cámaras detectoras de velocidad también tienen un margen de error de hasta tres kilómetros.

Felizmente ya se ha tomado la decisión de suspender la aplicación de fotopapeletas. Mientras la señalización no sea la ideal, los equipos de detección no sean los adecuados y sobre todo mientras estos no estén operados por gente idónea, no deben ser aplicadas.


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