Revista Salud y Bienestar

Estas son las retenciones de IRPF en la nómina del trabajador con 65 años o más

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Con la edad de jubilación ya cercana, aunque no sea determinante, sí puede ser un elemento más a tener en consideración a la hora de tomar una decisión en torno a la vida laboral y la jubilación.

En 2015 se eliminó la reducción que existía para trabajadores activos mayores de 65 años que prolongaran su actividad laboral. Antes de esa fecha, los trabajadores que prolongaban su vida laboral más allá de esa edad, contaban con una reducción en la base de cotización sobre el IRPF, de la se beneficiaban cada año más de 52.000 personas. Un incentivo que, como decimos, la reforma fiscal de 2015, eliminó.

"No obstante, hay que recordar que el mínimo personal que minora nuestra tributación en el IRPF aumenta según la edad", explica Antonio Paredes, experto tributario de los Técnicos de Hacienda.

El mínimo personal y familiar cuantifica aquella parte de la renta que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares del contribuyente, no se somete a tributación por el Impuesto. Este mínimo no reduce la renta del período impositivo para determinar la base imponible, sino que pasa a formar parte de la base liquidable para gravarse a tipo cero y hallar la cuota íntegra general correspondiente.

El mínimo del contribuyente

El mínimo del contribuyente es, con carácter general, 5.550€ tanto en tributación individual como en la conjunta. Es independiente de la modalidad de unidad familiar y del número de miembros que la integren. Pero, cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales hasta los 6.700€ anuales. Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.400 euros anuales hasta llegar a los 8.100 € anuales.

El artículo 57 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, determina, en efecto, que cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.150 euros anuales o en 1.400 euros anuales si la edad superior a 75 años. Por lo que esto supone que a igualdad de retribuciones, las retenciones a una persona mayor de 65 años deberían ser menores.


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