Revista Arquitectura

Formación mínima exigible para trabajar en obra.

Por Arquirehab @arquirehab
Formación mínima exigible para trabajar en obra.
          Hoy voy a intentar hacer un repaso de la formación mínima exigible para poder trabajar en obra. Lo habitual es que si desarrollamos nuestro trabajo en obra, nuestra actividad esté regida por el convenio de la construcción o por el convenio del metal. En cualquier caso, la formación exigible es la misma, pero podemos encontrarnos con pequeñas diferencias en las denominaciones.
          Me ha parecido interesante realizar este repaso  entorno a la formación mínima exigible en los convenios metal-construcción, ya que  regularmente se publica normativa en el BOE, que anula y/o complementa a la anterior.
          En la actualidad nos encontramos con la siguiente formación
  • Primer Ciclo - Aula Permanente (Construcción) / Nivel Inicial( Metal) 8 h -  Esta formación era obligatoria hasta el 05/12/2012. A partir de ese momento fue convalidada realizando el curso básico 60 h o el curso de 20 h de cualquier oficio según se muestra en el acta aclaratoria de 2012. 
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  • Segundo Ciclo - Curso de Oficio 20 h - Este curso si que es obligatorio, y consta de dos partes, una de carácter genérico (14 h) y otra de carácter especifico sobre el oficio a desemplear (6h). De esta manera, una vez hayamos obtenido un curso de oficio, si queremos emplearnos en otra actividad, únicamente tenemos que cursar las 6 h. específicas de la sobre la nueva actividad.
  • Curso básico PRL 60 h, o de 50 h en caso de ser anterior a 07-09-07 (publicación IV CGSC). Esta formación tampoco es obligatoria, pero es totalmente recomendable ya que convalida la parte general (14 h) de todos los oficios, de manera que quién lo haya cursado, únicamente debe cursar sus 6 h de oficio.
          A continuación os adjunto una tabla resumen donde podéis ver las combinaciones formativas válidas para trabajar el obra, así como un esquema en el que se puede ver gráficamente el alcance de las convalidaciones.
Formación mínima exigible para trabajar en obra.
          Por lo tanto, se concluye que la única formación necesaria para poder acceder a una obra en calidad de operario* es el curso de oficio (20 h). Para obtener esta formación podemos realizar el curso completo o realizar el básico de 60 h. más 6 h. de la parte especifica del curso de oficio. Desde Arquirehab os recomendamos esta última vía como mejor opción, ya que de esta manera, el trabajador dispondrá de la parte genérica del oficio y además podrá actuar como Recurso Preventivo o Responsable se seguridad en caso de pertenecer a una subcontrata.
          *Matizo lo de operario ya que para desempeñar otras funciones de carácter técnico o de seguridad, es posible que sea necesaria la obtención de cursos más específicos de carácter superior y por ende con muchas más horas. 
Por: Mario Ortega Pascual.

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