Revista Filosofía

Hannah Arendt sobre el problema del juicio (II)

Por Zegmed

Hannah Arendt sobre el problema del juicio (II)

Arendt, como ya mencionamos, hace un uso particular de la CFJ para dirigirse a través de ella a la esfera del juicio político. Lo que corresponde examinar en lo sucesivo son las razones que la autora ofrece para tal uso y si estas parecen consistentes en contraste con el texto kantiano. Nuestra tesis es que tal salto se sostiene con dificultad.

La autora de La condición humana, aborda el tema del juicio en más de una oportunidad; pero quizá nunca con la fuerza que al parecer le estaba destinada en la tercera parte de La vida del espíritu. Como es sabido, Arendt programó dicha obra para ser un tratado en tres partes, de las cuales las dos primeras quedaron concluidas: El pensamiento y La voluntad. La tercera parte, la correspondiente a El Juicio, no fue nunca escrita[1]. Esta cuestión ha llevado a múltiples problemas respecto del establecimiento de cuál fue el verdadero tratamiento de la cuestión del juicio en Arendt. La hipótesis de trabajo más consistente, parece sugerirnos que la forma más desarrollada de este trabajo podemos encontrarla en las Conferencias sobre la filosofía política de Kant[2]. Estas lecciones fueron impartidas en la New School of Social Research en 1970 y constituyen el trabajo más detallado que Arendt hizo sobre el juicio antes de su muerte. Si tenemos en cuenta que no la separan de ella más que cinco años, parece justo pensar que su tercer capítulo de La vida del espíritu (LVE) bebería de estas fuentes. Sin embargo, el estudio que hace Arendt de la obra de Kant en este texto es bastante más amplio que el de la CFJ, si bien este texto está permanentemente a la base; nuestro propósito, entonces, será concentrarnos en aquellos pasajes que más claramente se dirigen a esta obra kantiana para delimitar el espectro del estudio. Pasemos, entonces, a una revisión de aquellos fragmentos.

Una de las cuestiones que Arendt introduce con prontitud es su valoración del juicio: “[…] a los juicios no se llega por deducción ni por inducción. En otras palabras el juicio no tiene nada en común con las operaciones lógicas […]. Buscaremos el «sentido silencioso», que —cuando se ha tomado en consideración— siempre se ha concebido, incluso por Kant, como «gusto» y, por tanto, como perteneciente al terreno de la estética”[3]. Como se puede apreciar, ya desde este pasaje de LVE Arendt nos anuncia su intención de tratar el juicio desde la perspectiva de la estética, particularmente desde las fuentes kantianas de este problema. Y la filósofa hace este énfasis en virtud de que, para ella, lo más valioso en el acto de juzgar radica en la remisión que hace quien juzga al ámbito de lo particular, terreno que ella identifica con lo estético. Es, como ella indica, “cuando el yo pensante, que se mueve en el ámbito de lo general, abandona su retiro y regresa al mundo de las apariencias”[4]. Aquí el mundo de las apariencias nos remite al mundo concreto de la praxis humana, contra el mundo ideal de la teorización filosófica usual. Se transita de la abstracción del pensamiento a la particularidad del juicio concreto sobre lo real y contingente, el único mundo que tenemos y frente al cual debemos tomar posición, debemos juzgar.

En principio, la lectura general que presenta la autora hasta aquí no ofrece mayor conflicto; sin embargo, los pasos que siguen empiezan a ofrecer dudas. Dirijámonos a la Segunda Conferencia. Dice allí Arendt:

“Regresemos a la Crítica del Juicio. Los vínculos entre ambas partes de la obra son frágiles, pero existen en cierta medida […] y es evidente que su relación con la política es más estrecha que con cualquier otro tema presente en las dos críticas precedentes. Destacan un par de nexos importantes. El primero es que en ninguna de las partes habla Kant del hombre como ser inteligible o cognoscente. […]. La primera parte de ocupa de los hombres en plural, cómo son de verdad y cómo viven en sociedad; la segunda, de la especie humana. […]. El segundo vínculo, radica en que la facultad de juzgar se ocupa de particulares, […] y lo universal normalmente es aquello con lo que opera el pensamiento”[5].

“Por decirlo de otro modo, los temas abordados por la Crítica del Juicio —lo particular, ya se trate de un hecho natural o de un acontecimiento histórico; la facultad de juzgar, entendida como facultad de la mente humana para tratar de lo particular; la sociabilidad como condición para ejercer dicha facultad, es decir, la percepción de que los hombres dependen de sus semejantes no sólo porque poseen un cuerpo y unas necesidades físicas, sino precisamente a causa de sus facultades mentales— son temas, todos ellos,  de importante significado político […]”[6].

Aquí Arendt, sostengo, ofrece demasiado alcance a la CFJ, un alcance que al menos el mismo Kant no ofrece. Lo primero que habría que decir es que no resulta bajo ningún punto de vista evidente, como Arendt sugiere, que la CFJ ofrezca nexos claros con el tema de lo político. Ahora, sí es posible decir que quizá sea un texto que ofrece, eventualmente, más posibilidades de pensar aquellos nexos; pero incluso esta afirmación es también compleja ya que podemos encontrar en la Crítica de la razón práctica, La paz perpetua o en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres elementos que ofrecen una relación más directa. Lo que queda claro es lo que motiva a Arendt para afirmar algo como esto. Se trata de su atención por el mundo de las apariencias y por el ámbito de lo particular; es por ello que dirige la atención a la reflexión de este puntual texto kantiano. No obstante, lo que corresponde examinar es si es posible, con legitimidad, leer en Kant estos propósitos también. Por ejemplo, habría que preguntarse si, efectivamente, la primera parte de la CFJ, i.e, la Crítica de la facultad de juzgar estética, “se ocupa de los hombres en plural, cómo son de verdad y cómo viven en sociedad”. ¿Es ese el propósito de la primera parte del texto?, ¿son esas las materias de análisis? E, igualmente, tocará analizar si aquellos elementos que hemos consignado en la segunda cita constituyen auténticamente elementos que pueden trasladarse a lo político. A pesar de lo dicho, que quede claro que no se trata de una crítica a las consecuencias que Arendt saca de estos motivos kantianos; se trata de un examen de la legitimidad de su uso para lo político partiendo del texto mismo.


[1] Arendt muere en 1975 y la obra se publica en 1978 en su original inglés bajo la edición de Mary McCarthy. Como consta en los archivos de Arendt, solo pudo encontrarse sobre “El juicio” la primera página con apenas el título y dos epígrafes.

[2] Arendt, H. Conferencias sobre la filosofía política de Kant. Barcelona: Paidós, 2003.

[3] Ibid. p. 17 (que corresponde al Post-scriptum a “El pensamiento” en La vida del espíritu).

[4] Ibid.

[5] Ibid. pp. 33-34.

[6] Ibid. p. 35.


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