Revista Salud y Bienestar

Ingreso Mínimo Vital: requisitos y las nuevas cuantiás con el incremento temporal, en 2022

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Ingreso Mínimo Vital: requisitos y las nuevas cuantiás con el incremento temporal, en 2022

El 20 de diciembre de 2021 se aprobó la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital. Esta norma entró en vigor el 1 de enero de 2022.

La ley proporciona una mayor seguridad jurídica e introduce importantes cambios como el aumento de la cuantía; la ampliación de la cobertura a jóvenes; complementos de ayuda a la infancia y a las personas con discapacidad; la reducción del plazo de antigüedad de la unidad de convivencia o la contemplación de situaciones de pobreza sobrevenida.

Durante el mes de marzo, Sánchez anunció una serie de acciones para hacer frente a la escalada de precios que están viviendo los y las españolas en muchos sectores, desde el carburante hasta la electricidad o los alimentos. Dentro de las propuestas también incorporó un aumento del 15% en la cuantía del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que se empezó a percibir en el mes de abril y mantendrá su subida hasta finales de año. De este modo, las personas cobrarán un extra cada mes hasta diciembre, cuando finaliza el decreto temporal.

En este artículo vamos a ver las principales características de esta ayuda y sus nuevas cuantiás. Quédate leyendo porque si tienes previsto solicitar esta ayuda, este artículo te interesa.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?

El IMV es una prestación económica que ofrece el Estado para asegurar que las personas tengan acceso a los bienes básicos que se necesitan para tener una vida digna.

Los tres requisitos básicos para solicitarlo son:

  1. El cumplimiento de los umbrales de renta establecidos.
  2. Tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años.
  3. Haber estado viviendo, como mínimo, un año legalmente en España (este último criterio no se tiene en cuenta si se es víctima de violencia de género o explotación sexual).

Además, hay que cumplir los requisitos de nacionalidad, edad, búsqueda de empleo y patrimoniales; habrá que tener unos ingresos mensuales por debajo de la renta garantizada para su tipo de hogar y un patrimonio máximo por debajo del permitido en su tramo.

Mejoras introducidas

En primer lugar, el IMV se incrementó un 3% en enero de 2022 por la subida incluida en los presupuestos generales y en el mes de abril se empezó a cobrar el 15% extra que durara hasta diciembre.

Complemento de ayuda a la infancia

Este complemento se aprueba para beneficiarios con menores a cargo y otras familias de rentas bajas. La subida 15% al importe mensual del IMV podrá ser percibida por aquellos beneficiarios que reciban complementos mensuales.

La cuantía mensual de este complemento varía dependiendo de la edad de los menores, siendo:

  • 100 € mensuales por hogar con niños de 0-3 años.
  • 70 € mensuales por hogar por cada niño entre 3 y 6 años.
  • 50 € mensuales por hogar por cada menor de entre 6 y 18 años.

Este complemento lo cobrarán los actuales beneficiarios del IMV y otros hogares con rentas bajas.

Ampliación de coberturas a jóvenes tutelados por entidades públicas

En este sentido, podrán acceder también, en este caso, jóvenes de entre 18 y 22 años.

Personas con discapacidad

Las personas con discapacidad superior al 65% dispondrán de un complemento del 22% para la unidad de convivencia.

Complemento de monoparentalidad

Se aprueba un complemento del 22% de la cuantía mensual de la pensión no contributiva unipersonal.

Nuevas cuantías del IMV con la subida del 15% temporal

Como ya te he comentado con anterioridad, el Ingreso Mínimo Vital se ha incrementado un 15% aparte de su revalorización del 3% que se incremento en enero, con los presupuestos generales de 2022.

Las nuevas y temporales cuantías de la renta garantizada para cada tipo de hogar quedan de la siguiente forma:

  • Unidad de convivencia formada por una persona adulta: 565,37 euros
  • Unidad de convivencia formada por una persona adulta y un menor: 859,37 euros
  • Unidad de convivencia formada por una persona adulta y dos menores: 1.028,98 euros
  • Unidad de convivencia formada por una persona adulta y tres o más menores: 1.198,56 euros
  • Unidad de convivencia formada por dos personas adultas: 734,97 euros
  • Unidad de convivencia formada por dos personas adultas y un menor: 904,51 euros
  • Unidad de convivencia formada por dos personas adultas y dos menores: 1.074,20 euros
  • Unidad de convivencia formada por dos personas adultas y tres o más menores: 1.243,83 euros
  • Unidad de convivencia formada por tres personas adultas: 904,51 euros
  • Unidad de convivencia formada por tres personas adultas y un menor: 1.074,20 euros
  • Unidad de convivencia formada por tres personas adultas y dos o más menores: 1.243,74 euros
  • Unidad de convivencia formada por cuatro adultos: 1.074,20 euros
  • Unidad de convivencia formada por cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros
  • Otros casos: 1.243,74 euros mensuales.

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