Revista Jurídico

La figura del Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD

Por Dcd Destrucción Confidencial @DCD_destruccion

El pasado miércoles 21 de noviembre, el Senado aprobó definitivamente el proyecto de ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, conocida como nueva LOPD. La figura del Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD sale reforzada con una definición más concreta de sus funciones.

Aunque el proyecto de ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales ya ha sido aprobado en el senado, no entrará en vigor hasta que no sea publicado en el BOE. Sin embargo, en este artículo vamos a conocer las principales novedades que incluye acerca del Delegado de Protección de Datos.

Objetivo de la nueva LOPD

Esta nueva Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales tiene como objetivo adaptar el RGPD europeo, que entró en vigor el pasado 25 de mayo de 2018 tras dos años de adaptación, a la normativa española.

Además, reconoce por primera vez algunos derechos de los usuarios en el mundo digital como la desconexión laboral o el testamento digital.

El Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD

Uno de los aspectos más positivos es el refuerzo de la figura del Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD. El RGPD habla de tres supuestos en los que es necesario incorporar esta figura:

  1. Si un organismo público es quien realiza el tratamiento de datos.
  2. Si las actividades principales del responsable de datos exigen seguimiento regular a gran escala.
  3. Cuando las actividades principales del encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos o datos personales relativos a condenas y delitos penales.

Sin embargo, el reglamento europeo no es muy concreto y por ello, la nueva Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales española marca 16 casos en los que es necesario contar con un Delegado de Protección de Datos, entre los que se incluyen a los colegios profesionales, centros docentes que ofrezcan enseñanzas reguladas, universidades públicas y privadas, federaciones deportivas, centros sanitarios o aseguradoras.

En cuanto a la formación de los Delegados de Protección de Datos, será obligatorio que posean una titulación universitaria que acredite sus conocimientos en materia de derecho y protección de datos.

Las entidades que cuenten con un DPD tendrán que comunicarlo a la Agencia Española de Protección de Datos y a la autoridad autonómica correspondiente.

Por último, el Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD será una figura importante en los procedimientos de investigación y sanción. Las reclamaciones en esta materia, pasarán primero por manos del DPD, apostando por la mediación frente a la sanción.

En definitiva, la figura del Delegado de Protección de Datos sale muy reforzada con esta nueva Ley de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales.
La figura del Delegado de Protección de Datos en la nueva LOPD

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