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La nueva Ley de Tráfico para bicicletas

Publicado el 12 mayo 2014 por Bicicletaselectricas365.com @bicielectric

Ley de tráfico para bicicletasYa ha entrado en vigor una nueva reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (aprobada por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo). En ella hay aspectos importantes que afectan las bicicletas y a sus usuarios:

  • 1. Los menores de 16 años están obligados a utilizar casco de protección cuando circulen en bicicleta, con independencia del lugar por donde lo hagan. Para los mayores de 16 años, se mantiene su uso obligatorio sólo en vías interurbanas, si bien se recomienda su utilización también en urbanas.
  • 2. Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas en el caso de que su conductor y pasajero no lleven casco.
  • 3. La nueva ley contempla que las bicicletas solo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la circulación de vehículos o personas o dañan el mobiliario urbano.
  • 4. En el Reglamento de Circulación ya estaba recogido que los vehículos que adelanten a un ciclista deberán guardar una separación mínima de 1,5 metros y podrán ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. Pues bien, este aspecto queda ahora recogido en la nueva Ley de Tráfico y por lo tanto se eleva su rango normativo. Así mismo, también está contemplado en la nueva Ley que está expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso si esos ciclistas circulan por el arcén.
  • 5. La reforma de la Ley de tráfico también contempla que los ciclistas podrán circular por debajo de los límites mínimos de velocidad.

Enrique Calle

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