Revista Jurídico

La UE propone la eliminación de las “puertas traseras” para proteger la privacidad.

Por Derechodelared

La UE propone la eliminación de las "puertas traseras" para proteger la privacidad.

Antes de empezar con la noticia vamos a explicar que es una "puerta trasera", en caso de que conozcas la terminología te invitamos a que leas directamente el párrafo siguiente. Cuando hablamos de "puerta trasera" o backdoor hacemos referencia a una manera indocumentada de acceso a un programa, a un servicio en línea o a un equipo informático entero el cual se encuentra oculto para la mayoría pero, que en caso de conocerlo te permite acceder al mismo eludiendo su seguridad. Listo, vamos con la noticia.

La Unión Europea, a través del Parlamento Europeo, se encuentra trabajando en una proposición que tratará de proteger las comunicaciones de los ciudadanos en los estados miembros de la Unión mediante la utilización de tecnologías de cifrado de punto a punto y la eliminación de puertas traseras que permitan interceptar y descifrar las conversaciones de forma invisible.

De esta forma se pretende garantizar la confidencialidad y seguridad de los datos de los ciudadanos europeos y que su privacidad solo podrá ser violada de acuerdo a la ley y no como en el caso de Reino Unido dónde se puede suprimir el cifrado de datos si así lo requiere una investigación judicial o policial

La propuesta deberá ser aprobada por el propio Parlamento Europeo, que posteriormente se la remitirá al Consejo de la Unión para que la revise y la ponga en marcha.

Aunque durante el trámite se introducirán variaciones, la propuesta resulta clara en su propósito:

El principio de confidencialidad debería aplicarse a medios de comunicación presentes y futuros, incluyendo llamadas, acceso a Internet, aplicaciones de mensajería instantánea, e-mail, llamadas telefónicas a través de Internet y mensajes proporcionados a través de redes sociales.

...

Los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas deberán asegurarse de que hay suficientes medidas de protección contra accesos no autorizados o alteraciones de los datos de las comunicaciones electrónicas y de que la confidencialidad y la seguridad de la transmisión también son garantizadas mediante la naturaleza de la propia transmisión o el uso de los sistemas de cifrado de punto a punto más avanzados en los datos de las comunicaciones electrónicas. Asimismo, cuando se use cifrado de comunicaciones de datos electrónicos, la decodificación, la ingeniería inversa o la monitorización de dichas comunicaciones deberán ser prohibidas. Los Estados Miembros no pueden imponer obligación alguna a los proveedores de servicios de comunicaciones que puedan resultar en el debilitamiento de la seguridad y el cifrado de sus redes y servicios.

Tendremos que seguir atentos a ver cómo finaliza la propuesta ya que en caso de aprobarse, este marco legislativo en Europa sobre la protección del cifrado de extremo a extremo podría afectar a otros países por la extensión de la obligación de mantener su seguridad y puede que no todos estén de acuerdo.

Borrador de la propuesta | European Parliament


Volver a la Portada de Logo Paperblog