Revista Sociedad

La Unión Europea rechaza discriminaciones en la contratación laboral

Publicado el 23 julio 2012 por Pridicam @mobbingmadrid
Discriminación laboralLas normas de contratación de trabajadores en los países que forman parte de la Unión Europea (UE) deben seguir respetando los principios comunitarios de libertad de establecimiento y circulación de personas.
Por eso, las autoridades comunitarias aceptan favorecer el lugar de residencia de los trabajadores comunitarios al ser contratados y no su lugar de nacimiento.
Es lo que se vuelve a plasmar en la última comunicación aprobada por la Comisión Europeael pasado 26 de junio sobre el modelo de desarrollo económico propuesto para las regiones ultraperiféricas.
En lo se refiere a la contratación pública, la comisión indica que «los órganos de contratación de las regiones ultraperiféricas pueden exigir a las empresas a las que se les concede un contrato público que contraten mano de obra local, siempre y cuando no exista discriminación ni directa ni indirecta en relación con la libertad de establecimiento y de prestación de servicios y se eviten los conflictos de intereses».
El Gobierno autonómico, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, reproduce la primera parte de la frase y omite la que recoge la única condición que pone la UE, la de evitar discriminaciones.

En la nota de prensa se pone de manifiesto que el consejero, Javier González Ortiz, ha calificado como «muy positiva» esta autorización por la que se podrá primar el empleo local en las licitaciones públicas y añadió que se trata de «un importante acuerdo que mejorará las perspectivas de trabajo de los residentes canarios».
No es habitual que el Partido Popular (PP) y el sindicato Comisiones Obreras (CCOO) coincidan en sus posiciones pero en esta ocasión, ambos han criticado la interpretación que dio este fin de semana el Ejecutivo canario sobre la comunicación de la Comisión Europea.
Mientras tanto, el Partido Socialista Canario (PSC) y la Confederación Canariade Empresarios (CCE) de Las Palmas enfatizan que la autorización está determinada a la residencia, nunca al lugar de nacimiento del trabajador con derecho a ser contratado.

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