Revista Salud y Bienestar

La vacunación

Por Miguel @MiguelJaraBlog

La respuesta del Gobierno español a varias preguntas que IU ha hecho en el Parlamento sobre el escandaloso y mortal caso de la vacuna Infanrix hexa, fabricada por el laboratorio GlaxoSmithKline, han llegado y aquí las tenéis. Uno de los asuntos que consideramos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), encargada de las respuestas, no dice toda la verdad, es el del Consentimiento Informado (CI).

Es uno de los caballos de batalla de nuestro Bufete Almodóvar & Jara y por ello asesoramos al diputado Gaspar Llamazares sobre el asunto a la hora de preparar las preguntas al Gobierno. Os explico.

En su respuesta pública, la AEMPS, concede, como no podía ser de otro modo, gran importancia al Consentimiento Informado. Pero, aunque observa que cuando hay riesgos de daño en las personas por un procedimiento sanitario, dicho aviso debe presentarse por escrito, no concede esta gracia en el caso de las vacunas; según la Agencia, basta con que el profesional sanitario encargado de su receta y aplicación, lo haga de modo verbal.

NO. El Consentimiento Informado en vacuna debe ser por escrito. Existen numerosas sentencias judiciales que sí lo atestiguan. Ahí está el error de la Agencia o la intención en desviar la atención de la opinión pública.

El Consentimiento Informado al que se refiere la Agencia es el clínico. Dicen que con el CI verbal vale porque interpretan la legislación a su conveniencia desde el punto de vista estrictamente clínico. Se olvidan del consentimiento terapéutico, es decir, del CI en el ámbito de la terapia con medicamentos, en este caso, vacunas.

En principio, el CI clínico debería interpretarse de manera extensiva, es decir, una vacunación es un acto clínico importante y, por lo tanto, deberíamos recibir por escrito y firmar un CI adecuado y responsable. Esto parece que no le interesa a la AEMPS porque podría crear “pánico” y “desestabilizaría” el mercado farmacéutico, como ya ocurrió en Estados Unidos en los años de la década de 1980; si a los padres y madres les pones por escrito los daños que pueden provocar las vacunas en sus hijos, muchos no pondrían esas vacunas.

Así que la opción elegida es minimizar los riesgos e incumplir la ley; la de autonomía del paciente que, dicho sea de paso, habría que ampliarla en este punto pues no es del todo clara.

La cuestión es que el CI en el ámbito de los medicamentos debería regularse de manera independiente. Con la ley en la mano, una vacunación, debería conllevar un CI escrito.

 

La vacunación

 

Foto de portada por: Andrés Rueda


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