Revista Opinión

Ley migratoria en México

Publicado el 29 enero 2011 por Gollino
El presente artículo fue publicado en el periodico mexicano La Jornada el día 29 de enero de 2011.
____________ El 9 de diciembre de 2010, los seis legisladores (dos del PAN, dos del PRI y dos del PRD) que integran la llamada Mesa de Trabajo en Materia Migratoria del Senado de la República, conformada en octubre pasado y en la cual participa también la Secretaría de Gobernación por conducto del Instituto Nacional de Migración (INM), presentaron una propuesta de ley que abre la puerta no sólo a unas reformas y derogaciones de distintas leyes nacionales que tocan el tema migratorio, sino que plantea la formulación ex novo de una norma en la materia en México.La cuestión no es poca cosa. Hasta la fecha, el tema migratorio es tocado de manera transversal en distintas normas nacionales mexicanas; sin embargo, falta un texto único en la materia. Desde este punto de vista es sumamente apreciable que de manera unitaria, los tres mayores partidos políticos mexicanos se pongan de acuerdo y soliciten a los poderes legislativos la aprobación de un marco legal ad hoc.Por otro lado es preciso señalar que era ya imposible para los legisladores postergar una reglamentación a un fenómeno que hasta hace pocos meses sólo se miraba desde el enfoque de la migración de salida. La tragedia (los 72 indocumentados ejecutados en agosto pasado y las cifras horripilantes acerca del secuestro de migrantes, presentadas por organizaciones sociales) orilló a los legisladores a reflexionar sobre las medidas necesarias para atender también otro aspectos del fenómeno: el tránsito, el destino y el retorno.Ya revisando la propuesta mencionada –compuesta por 164 artículos– es urgente abrir un debate serio, amplio y responsable entre las partes involucradas. Tenemos aquí una primera seria falla, pues la llamada Mesa de Trabajo Migratoria excluyó desde un principio a la sociedad civil mexicana más atenta al tema. Es urgente, por el contrario, incluir a quienes hoy trabajan el tema no desde la posición legislativa ni regulatorio/represiva, sino desde la posición de la comprensión y análisis del fenómeno y, sobre todo, desde el punto de vista de la solidaridad. Si la nueva ley pretende frenar, acotar e impedir los abusos de todo tipo que desde el crimen organizado y hasta las autoridades se pueden cometer en contra de los migrantes, es indispensable recurrir a la acumulación de experiencias y saberes de la sociedad civil organizada.En este sentido, queremos aquí recoger algunas inquietudes de orden general –el espacio no da mucho más– que comienzan a expresarse en el mundo de la sociedad civil. Antes que todo, la sensación general es que si bien en la exposición de principios y los primeros cinco títulos de la propuesta de ley, todo parece dirigirse hacia un modelo garantista –aun con sus excepciones– de los derechos humanos (por cierto, una terminología que casi nunca se utiliza en el proyecto de ley), el resto de la propuesta no sólo contradice cuanto dice anteriormente, sino parece ratificar las prácticas más comunes y abusivas ejercidas en México.En general, la propuesta de ley asienta algunos principios muy válidos que reconocen los derechos –también llamados garantías– de los ciudadanos migrantes en México. Aunque se cometan errores garrafales y peligrosos, como es, por ejemplo, no distinguir entre trata, tráfico y secuestro de migrantes, o en otro casos, no hacer suficiente énfasis en que los solicitantes de asilo y refugio son definitivamente una categoría que requiere especial protección, en general los primeros títulos de la propuesta son extremadamente garantistas y parecerían, de por sí, abrir las puertas a un respeto integral a los derechos humanos de los migrantes.No obstante, la propuesta también pretende introducir algunos de los mecanismos más nefastos de las legislaciones que se tomaron de referencia (sobre todo la europea y la estadunidense). Por ejemplo: la visión principalmente económica del fenómeno; la introducción del sistema de cuotas de entrada, en el que el gobierno fija topes al número de posibles ingresos legales al país tras consulta con las autoridades laborales; la introducción del sistema de puntos para la adquisición de la naturalización antes de los tiempos naturales establecidos (cuatro años); la introducción de medidas que tienden hacia la externalización del control migratorio (controles impuestos a las empresas de transporte); la posibilidad de expulsión para los migrantes sujetos a proceso penal, y en general la delegación que se le otorga al INM con respecto a una amplia serie de decisiones acerca de la suerte de la persona migrante, excluyendo la posibilidad de un control judicial sobre el proceso de deportación, expulsión, detención (aseguramiento, le dicen), verificación y control migratorio, etcétera.Si bien los señalados sólo son algunos puntos críticos de la propuesta de ley, creemos indispensable que la aprobación de esta novedosa normativa deba de ser objeto de un debate amplio e informado en el que participen necesariamente las organizaciones de la sociedad involucradas en el tema migratorio. No es posible avanzar en la materia sin los aportes de quienes, todos los días, se vuelcan en la defensa y el reconocimiento de los derechos de quienes –obligados o no– deciden migrar.

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