Revista Política

Lo necesitan para saquearlo

Publicado el 04 febrero 2016 por Noostradamus
Lo necesitan para saquearloEn la fotocopia que entregan a los parados en las oficinas del INEM estatal para tramitar los 426 euros por carecer de empleo e ingresos y llevar demandando empleo más de un año aparecen los requisitos exigidos, el parado debe demostrar su actividad, a ser posible dándose de alta como trabajador autónomo.
Trabajar un día por cuenta ajena o propia: Hasta ahora trabajar aunque sólo fuera un día por cuenta propia suponía perder la antigüedad como demandante de empleo y ser necesario esperar un año para poder solicitar nada. Además de pagar la cuota a la seguridad social de 300 euros, aunque se trabaje un día porque se cotiza por mes entero.
Por cuenta ajena no es exigible por quienes no han tramitado ninguna oferta en un año (o más) que son los servicios regionales públicos de empleo correspondientes. 
Este documento es entregado por los funcionarios tramitadores estatales que son quienes tramitan la concesión o no de la Renta Activa de Inserción (426 euros) e informan de lo que debe aportar el desempleado. Cada uno con una versión distinta resultando que al final, los requisitos no se han cumplido lo suficiente si uno hace lo que le indican.
Entrega de 3 currículums en tres empresas que contará como una sola acciónpor lo que se exige la entrega de 9 currículums sellados por empresas tras entrevistas de trabajo sin que la oficina de empleo correspondiente jamás haya enviado ni una sola oferta, no 3, ni 6 ni 9.
Realización de una entrevista de trabajo. Sucede lo mismo que en el caso anterior, porque por las oficinas del INEM de cada autonomía se tramitan sólo el 2% de todos los contratos.
Inscripción en dos portales de empleo. Es decir en seis. Y contestar a ofertas y obtener el certificado de ofertas de cada uno de ellos, que aunque no aparezca en los requisitos, puede ser solicitado por su funcionario tramitador de la mesa aunque luego no sirva para nada.
Presentarse a una oferta de empleo ofertada por el Servicio Regional de Empleo de su Oficina de Empleo. Imposible si la citada oficina no ha enviado oferta alguna.
Lo que usted debe aportar a su funcionario tramitador no se corresponde con la existencia de oferta alguna en el período de un año por parte de los funcionarios tramitadores de su demanda de empleo en el Servicio Regional de Empleo de su Oficina de Empleo.
Inscripción en una agencia de colocación (ETT). Es la obligación de apuntarse a una Empresa de Trabajo Temporal como obligación del demandante de empleo. Hágaselo usted mismo.
El argumento del funcionario tramitador final, varía según le parezca o no, subjetivamente que el desempleado no justifica haber buscado activamente empleo, cuando las oficinas públicas de empleo no le han tramitado ninguna oferta.
Así que no funcionen las oficinas de empleo sale rentable porque sirve para dejar a los desempleados sin prestación alguna con la que poder sobrevivir ellos y sus familias. Basta con exigir a los desempleados realizar cosas para que al final la arbitrariedad administrativa sea la que decida a quien se da o niega el subsidio de 426 euros al mes, argumentando que es una “renta de inserción” que será activa si el desempleado hace lo que no hace su funcionario tramitador.
No hay ente público que no tenga su bolsa de trabajo, pero son opacas totalmente.La información de ofertas de bolsas de trabajo es inexistente y no se tramita por los servicios públicos de empleo.No existe equivalencia entre los empleos del sector público y los del listado de la seguridad social, de manera que la lista de empleos demandados nunca casa la de los empleos del sector público.
Es evidente que las administraciones han optado por utilizar los servicios públicos de empleo para quitarle subsidios a los desempleados en lugar de buscarles empleos enviando ofertas del sector público y privado, por lo que no cumplir con su obligación es el objetivo si lo que se pretende es agotar los plazos hasta que los desempleados pierdan derecho a cualquier tipo de ayuda y que así se puedan descontar de la población desempleada por pasar al circuito de las organizaciones de caridad dedicadas a dar alimento a los pobres. Esto no es casualidad, es legislar para obrar de mala fe.

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