Revista Ebusiness

Lo que se puede y no se puede hacer con el comercio

Por Miguel Pujante Marco @miguelthepooh

Hoy repasaba el post de mi socio @angeldelsoto en desmarcate ¡YA! pero creo que al fin y al cabo (y sin que sirva de precedente) estoy de acuerdo con la ley del 27 de Marzo.

En realidad no es más que aplicar sensatez y protección al consumidor. En realidad no es más que la aplicación de lo que se hace en la mayoría de los comercios “convencionales”, por lo que no comprendo por qué no se ha hecho antes, pero bueno en realidad si es algo que está bien hecho más vale tarde que nunca.

La cosa es que el comercio electrónico en España, aunque tiene una evolución muy positiva, no es lo que más tranquiliza al usuario a la hora de gastar su dinero. No nos dejamos impresionar pro buenas fotos o precios que revientan.

Hay muchos comercios que se parecen más a la tienda de los “chinos” o los “todo a cien” de hace unos años, donde comprar una batería de móvil que en tienda o comercio oficial sube a 90 o 100 euros lo puedes encontrar por menos de 20 incluidos los portes.

Ya no solo hablamos de la calidad de los productos, ya que es evidente que una imitación de iphone o S4 no deja de ser eso… una imitación y da lo mismo si te compras un bolso en un topmanta o en una tienda en China, el caso es que una imitación de unos pocos euros nunca será una original. Tanto en calidad como en satisfacción. Se que a veces es más importante aparentar que disfrutar y ahí es donde cada uno decide donde se gasta su dinero.

El caso es que a menudo me han preguntado ¿pero te fías de comprar en Internet? y mi respuesta es que yo compro a través de Internet pero compro en comercios de confianza, nacionales o extranjeras, pero de total confianza. Acostumbro a huir de sites que no ponen sus datos de contacto físicos (españoles o no) y ya ni imaginas lo que pasa por mi cabeza cuando te encuentras la parte de atención al cliente está no solo en un idioma que no es el mio, si no que además está en ruso o chino o idioma visualmente incomprensible para mi.

Ahora para vender en España hay unos puntos que deben cumplir los comercios… y si no lo hacen no deben poder vender… y en tu mano queda si comprar o no… Cada uno juega a la ruleta rusa como le da la gana

:)

¿Os apetece una lista de cosas que se deben hacer?

:)
let’s GO

  1. Precios al completo bien visibles, incluyendo portes, devoluciones, sustituciones
  2. El cliente dispone de 14 días para probar el producto y decidir si se lo queda o no.
  3. Plazo de entrega inferior a los 30 días, de lo contrario se puede anular el pedido sin perjuicio del comprador
  4. El comercio debe verse claramente que es un comercio
  5. Informar y adoptar la LOPD por lo que el cliente debe saber que derechos tiene con respecto a sus datos.
  6. Informar que adquirir un producto implica un pago… Yo no se lo que hace mi marido no vale (protégete)
  7. No se pueden marcar casillas de formularios por defecto.

Por supuesto esta lista es la máxima simplificación o resumen que se puede hacer de esta ley por lo que debe servir como un biblia inamovible. Recomiendo la lectura del texto original Publicado en el B.O.E.

Una vez dicho todo esto… ¿a quién se le ocurriría comprar en una tienda “convencional” que no cumpla esos requisitos?


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