Revista Solidaridad

Los pacientes de pronóstico grave podrán aparcar en discapacitados de cualquier ciudad «aunque su movilidad reducida no haya sido dictaminada oficialmente»

Por Aparcamientodiscapacitados
Todo «establecimiento sanitario» que proporcione tratamientos in situ a personas con su movilidad afectada deberá reservar espacios de aparcamiento dentro o en los alrededores del recinto. Además, no hará falta que esa «movilidad reducida» haya sido reconocida oficialmente, sino que bastará con el informe médico para que el paciente pueda usar unas plazas que, hoy, aún no existen.
La novedad está casi perdida en el borrador del real decreto por el que se regulan las condiciones de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad que el Ministerio de Sanidad presentará el 16 de julio en el Consejo Interterritorial de Salud y que probablemente será aprobado dos días después por el Consejo de Ministros.
El segundo punto de la disposición adicional tercera atiende una vieja petición de las asociaciones de enfermos de cáncer, algo que obligará a los centros sanitarios de toda España y a los ayuntamientos a los que pertenecen a remover su asfalto.
El borrador asegura que «se reservará» un «número suficiente de plazas de estacionamiento» para «uso específico» de «personas que presenten movilidad reducida, aunque no haya sido dictaminada oficialmente, y que precisen tratamientos, asistencia y cuidados médicos que la obliguen a acudir con regularidad a servicios o establecimientos sanitarios».
El documento aporta otro cambio por «razones humanitarias»: enfermos de cáncer, víctimas del VIH, personas con insuficiencia renal o pacientes con progresivo deterioro neurológico que tengan su esperanza de vida reducida y su movilidad maltrecha podrán aparcar su vehículo en las plazas reservadas a discapacitados de cualquier lugar de España.
El real decreto habla de una «concesión excepcional» del permiso de aparcamiento a quien presente una movilidad reducida «aunque ésta no haya sido dictaminada oficialmente». La afectación de esa movilidad debe estar motivada por una «enfermedad o patología de extrema gravedad que suponga fehacientemente una reducción sustancial de la esperanza de vida que se considera normal para su edad».
Fuentes del Ministerio dicen que la medida beneficiará a «miles» de personas con diagnósticos muy graves y tratamientos dolorosos que, sin embargo, no están hospitalizadas.
El decreto también concede la tarjeta a quienes presenten movilidad reducida por discapacidad visual. En concreto, quien disponga «en el mejor ojo» de una agudeza visual «igual o inferior al 0,1 con corrección» o a aquel que tenga «un campo visual reducido a 10 grados o menos».
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