Revista Empresa

Modelo recurso reposición por multas de trafico

Por Cruzygalan
MODELO RECURSO REPOSICIÓN POR MULTAS DE TRAFICO El recurso de reposición es el tramite que tenemos que realizar cuando nos han puesto una multa de trafico y nos han desestimado el escrito de alegaciones previamente presentado. Cuando la Administración responde a ese escrito de alegaciones, si estiman que no tenemos razón, es el momento de interponer un recurso de reposición en el plazo de 1 mes desde la respuesta de la Administración Si se han desestimado las alegaciones siempre es aconsejable interponer el Recurso de Reposición, ya que, en el peor de los casos, proporcionará un plazo más amplio para abonar la sanción y en el mejor de los casos, puede conllevar la retirada de la multa. 
La nueva Ley establece un plazo de un mes para que un ciudadano recurra la resolución mediante un recurso de reposición (aún abundan quienes creen que se puede interponer Recurso de Alzada, pero ese recurso ha desaparecido del procedimiento de tráfico con la nueva Ley).
La resolución al recurso de reposición puede ser estimatoria (en cuyo caso se anula la sanción) o desestimatoria. Si es desestimatoria la sanción debe abonarse dentro de los 15 días siguientes a la firmeza de la resolución, al margen de poder interponerse recurso en vía judicial contra dicha resolución. En este caso deberá abonarse la polémica tasa judicial al momento de interponerse la demanda. La tasa no podrá superar en ningún caso el 50% del importe de la multa, incluyendo la cuota fija.

MODELO RECURSO REPOSICIÓN POR MULTAS DE TRAFICO
Sr. ........................
ILMO. SR. Don ..................con el debido respeto
E X P O N E
1.- Que he recibido notificación de denuncia cuyo número de referencia es ..........................
2.- Que no estando conforme con dicha denuncia, formulo el presente ESCRITO DE DESCARGOS (EN EXCESO DE VELOCIDAD ES RECURSO DE REPOSICIÓN), el cual fundamento en las siguientes:
A L E G A C I O N E S
I.- El abajo firmante, manifiesta que en el día y, aproximadamente, a la hora señalada, circuló por el lugar que se indica, pero que acostumbra a respetar todas las normas, disposiciones y limitaciones establecidas, por lo que considera poco probable que circulara a tal velocidad, lo que induce a pensar que existe algún error en la medición del cinemómetro.
II.- Que no se ha cumplido por parte del órgano denunciante con lo que establece el artículo 77 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en cuanto que este establece que "las denuncias de carácter obligatorio, formuladas por Agentes de la autoridad, se notificarán en el acto al denunciado, haciendo constar en las mismas los datos a que hace referencia el artículo 75 y el derecho reconocido en el 79.1, que señala que por razones justificadas que deberán constar en la propia denuncia, podrá notificársele la misma con posterioridad.
De la normativa anteriormente citada se deduce la obligación del Agente de parar al conductor o justificar las razones por las que no se hizo, al no existir causa procede la nulidad del presente expediente.
(En caso de una multa de radar nos ampararemos en el artículo 77 que establece la forma de notificación y alegaremos los motivos dichos en mi post como defectos en la notificación)
III.- Solicito que con relación al medio mecánico con que se midió la velocidad señalada se me faciliten sus datos y entre ellos, en concreto los siguientes:
1.- Marca y modelo del Cinemómetro utilizado.
2.- Número de la antena del aparato con que se hizo la foto prueba de la denuncia.
3.- Número del equipo en el que está implantada la antena.
4.- Fecha de la aprobación individualizada, es decir, del aparato en concreto con que se detectó la infracción.
5.- Fecha de la revisión anual comprensiva de la fecha de la denuncia.
6.- Fecha de la revisión última que haya sido efectuada en el aparato cinemómetro o en cualquiera de las partes que lo componen, realizada con ocasión de alguna reparación que tras su revisión anual haya sido necesaria por avería u otra circunstancia similar.
IV.- Asimismo, se solicita certificado de aptitud para manipular el cinemómetro, por los Agentes denunciantes, ya que el funcionamiento de estos aparatos es de alta precisión y cualquiera de las operaciones previas que se realizan manualmente, puede modificar la velocidad detectada, en cuyo caso esta posible medición puede resultar errónea. Y, por supuesto, comprobar las pruebas de inicio del carrete como prueba de buen funcionamiento del radar en su conjunto (equipo de motor). En caso de haber más de un vehículo en el fotograma, solicito sea comprobado mediante plantillas que la infracción corresponde a mi vehículo y no a otro u otros. Saber la posición del Vehículo-Radar en ese momento con relación a la línea de calzada y si ésta es recta o curva, pues los dos extremos varían totalmente la velocidad controlada por el radar, y no sería correcta en curva y dependiendo igualmente del carril que ocupara el vehículo infractor en ese momento; todo ello dice mucho sobre la veracidad o no de la velocidad controlada en ese momento.
Por lo anteriormente expuesto
SOLICITO:
Que teniendo por presentado este escrito de descargo, con los documentos adjuntos, se digne admitirlo y, tras los trámites que estime necesarios y la revisión de las pruebas solicitadas, declare el sobreseimiento del expediente.
En ....................a .. de ...........de ....
FIRMADO:
SR. .....................................


Volver a la Portada de Logo Paperblog

Dossiers Paperblog