Revista Empresa

Modelo solicitud emancipación

Por Cruzygalan
Modelo solicitud emancipación Concepto
La emancipación es una situación jurídica por  la cual un mayor de 16 y menor de 18 años pasa a estar en disposición de disponer de su persona y de sus bienes como si fuera mayor de edad.
La emancipación supone la extinción de la patria potestad o tutela de forma anticipada durante la minoría de edad.
Efectos de la emancipación

La emancipación permite al menor de edad  poder actuar, en lo que se refiere a su persona como a sus bienes como si fuese mayor de edad, pero para ello necesitará el consentimiento de sus padres o tutor para las siguientes actuaciones:
  • Gravar o vender bienes inmuebles, establecimientos mercantiles o industriales y pedir préstamos.
  • Ser defensor de los bienes de un desaparecido o representante del declarado ausente.  Disponer de bienes de extraordinario valor (como joyas).  Otorgar testamento  (de puño y letra).
  • Aceptar por sí mismo una herencia sin beneficio de inventario (ya que no puede disponer libremente de sus bienes).
  • Pedir la partición de una herencia, ni repartir con los demás coherederos.
  • Tampoco podrá ser tutor o curador, ya que su capacidad de obrar no es completa.

Los emancipados por matrimonio podrán realizar todas estas actuaciones, si su cónyuge es mayor de edad, siendo suficiente con que ambos consientan.
Si los dos son menores, será necesario el consentimiento de los padres o quienes ostenten la representación de ambos.
Viendo la importancia que tiene la emancipación, siempre es  conveniente consultar con un abogado antes de iniciar ningún procese de emancipación.

Causas de la emancipación La emancipación se puede producir según las siguientes causas:
  • Por mayoría de edad: Cuando el sujeto cumple la edad establecida en la ley para tener plena capacidad.
  • Por matrimonio del menor: La mayor parte de las emancipaciones se produce por contraer matrimonio antes de los 18 años.
  • Por concesión de los que ejercen la patria potestad: Para que tenga lugar la emancipación por concesión de quienes ejercen la patria potestad, es necesario  que el menor tenga dieciséis años cumplidos y que este  la consienta. Esta emancipación se otorgará por escritura pública o por comparecencia ante el Juez encargado del Registro, y hasta que no se inscriba en el Registro no tendrá efectos frente a terceras personas. Una vez que los padres hayan emancipado a sus hijos en la forma anteriormente mencionada, no podrán revocar esa emancipación. Se considerará emancipado al hijo mayor de dieciséis años que con el consentimiento de los padres viviera independientemente de éstos; sin embargo, en este caso, los padres podrán revocar este consentimiento.
  • Por concesión judicial: El Juez puede conceder la emancipación cuando el menor de 16 años  lo solicite en los siguientes casos:
    - Cuando quien ejerce la patria potestad se ha casado nuevamente o convive de hecho con otra persona distinta del otro progenitor.
    - Cuando los padres vivan separados.
    - Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
    -También previo informe del Ministerio Fiscal, el Juez podrá, conceder el beneficio de la mayoría de edad al tutelado que fuera mayor de 16 años y que así lo solicitara.

    SOLICITUD DE EMANCIPACIÓN PROMOVIDA POR LOS QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD     AL REGISTRO CIVIL
 
D. ............................................................ (nombre del solicitante), con DNI ....................... y domiciliado en ................................ (localidad), calle ............................................................., nº .........., ante el Juzgado, como mejor proceda en derecho, comparezco y digo:
Que de mi matrimonio con Dña. .................................................................... he tenido entre otros, un/a hijo/a llamado/a ......................................................................, que nació el día ....................., según se acredita con la correspondiente certificación de nacimiento.
Que dicho/a hijo/a, mayor de dieciséis años, pero menor de dieciocho, desea la emancipación para poder dedicarse a ..............................., conforme es su deseo. Como consideramos beneficiosa y conveniente tal emancipación, al amparo del artículo ….. del Código Civil, estamos dispuestos a conceder la emancipación deseada para que pueda regir su persona y bienes como si fuera mayor de edad y sin más limitaciones que las contenidas en el artículo …. del citado cuerpo legal.
Dicho/a menor presta a esta emancipación su consentimiento y aceptación y, en prueba de ello, firma conmigo el presente escrito.
Por todo lo cual,
SOLICITO al Juzgado de 1ª Instancia que, teniendo por presentada esta solicitud con la documentación reseñada, tenga a bien designar día y hora para la comparecencia ante S.Sª. a fin de ratificarnos en las manifestaciones del presente escrito.
(Firmas de padre e hijo/a)


Volver a la Portada de Logo Paperblog