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Motivos para desheredar a un padre o Ascendiente

Por Dulcekiss
El Art. 745º CC prescribe:
1. Haber negado injustificadamente alimentos a sus descendientes
Como la obligación alimentaría es recíproca, la hipótesis que se contempla es que el ascendiente que se encontraba en posibilidad económica negó asistencia a su descendiente que se encontraba en estado de necesidad.
Conducta casi normal de quienes proceden de modo irresponsable, constituye violación a un elemental deber moral y jurídico.
El incumplimiento del deber alimentario constituye para el perjudicado la posibilidad de su ingreso al sórdido mundo del abandono moral y material cuyas consecuencias lamentables a la postre son difíciles de resolverse.
Todo ascendiente debe luchar por el interés superior que constituye la atención primaria del descendiente en la medida de sus posibilidades.
2. Haber incurrido el ascendiente en alguna de las causas por la que se pierde la patria potestad o haber sido privado de ella.
La patria potestad constituye el derecho deber, mediante el cual los padres ejercen la función natural de representación y protección de la persona y bienes de sus hijos menores de edad.
Loa padres son privados o llegan a perder la patria potestad cuando su comportamiento es contrario la moral, ley y las buenas costumbres.
Las causales de pérdida o privación de la patria potestad que son por condena derivada de delito cometido en agravio del menor, por abandono del hijo, por dar órdenes, consejos o ejemplos corruptores, por dedicarlos a la mendicidad, por tratarlos con dureza excesiva, etc. Están contemplados como causales de suspensión de la patria potestad en el Art. 83º del Código de los Niños y los Adolescentes.www.millerpumarios.net.ms

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