Revista Arquitectura

Noviciado de las Damas Apostólicas del Sagrado Corazón de Jesús (Madrid,1929)

Por Enrique23

HERMANAS APOSTOLICAS-PASEO DE LA HABANA

El edificio

Se trata de un edificio de estilo tardío (1929), obra del arquitecto Críspulo Moro Cabeza, que se encuentra en el distrito de Chamartín.
Hubo en Madrid algunos edificios escolares y religiosos que a finales del primer tercio del siglo XX remataron el estilo propio de los inicios del siglo, utilizando el ladrillo visto como elemento principal y aprovechando la gran variedad de aparejos que se usaban y que todavía dominaban muchos maestros de obra y albañiles. Es verdad que el uso y la profusión de este estilo quedó bastante restringido a los ámbitos citados, ya que las modas habían impulsado nuevas formas, tal vez más elegantes o, simplemente más a la moda. Este estilo, llamado neomudejar, se usó mucho en construcciones populares y religiosas, y finalizó casi de forma radical en el primer tercio del siglo XX, diluyéndose y olvidándose con los años.

Es un edificio de estilo tardío, de 1929, obra del arquitecto Críspulo Moro Cabeza.

Construcción en peligro de desaparición

Este edificio, nacido como Noviciado de las Damas Apostólicas del Sagrado Corazón de Jesús, conocido posteriormente como Casa de Espiritualidad de las Damas Apostólicas del Sagrado Corazón de Jesús, después de la década de los setenta del siglo XX escondido entre bloques de viviendas en el madrileño paseo de la Habana, es ahora una pieza clave para dibujar la historia del distrito de Chamartín y de su entorno anterior el año 1948, cuando todavía era un municipio independiente de Madrid y su arquitectura respondía a unos patrones concretos y muy característicos de su época.

DAMAS APOSTOLICAS DEL SAGRADO CORAZON- Foto 2015

El Noviciado de las Damas Apostólicas al ser una edificación casi desconocida, sin ningún tipo de protección, situada en un área muy apetitosa para los promotores, corre peligro. No se trata sólo de una apariencia.
Se advierte que el Ayuntamiento  favorece el reemplazo de lo antiguo por lo nuevo y económicamente más rentable, propiciando el derrribo en favor de la nueva construcción, en un estilo coherente con la llamada “cultura del ladrillo“.

El Ayuntamiento de Madrid ejecuta desde las últimas legislaturas actuaciones parejas a  los intereses privados, frente al interés y la voluntad general de los vecinos y la de aquellos otros que quieren preservar la historia local.

Tramitación para el derribo

El Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, desde la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación, a través de la Comisión Técnica de Seguimiento e Interpretación (OMTLU) -demasiado complicado entender tanta secuencia-  publicaba el acta de una sesión fechada en Madrid el 6 de abril de 2011 en la que el Orden del Día contemplaba el futuro incierto del edificio de las Damas.

Esta Sesión y el documento al que se alude, recogía a su vez el Orden del Día de la sesión ordinaria, convocada a las diez horas el día 27 de septiembre de 2006 en la que se presentó la Propuesta para aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en la finca sita en Paseo de la Habana, 198, promovido por las Hermanas Apostólicas del Corazón de Jesús, distrito de Chamartín, en la que se solicitaba el visto bueno para proceder al derribo de la finca histórica. (Estudio de Detalle, tramitado en expediente nº 711/2006/9582,  que fue aprobado definitivamente por Acuerdo del Ayuntamiento de Madrid en el Pleno de 27 de septiembre de 2006.)

La aprobación de la licencia de derribo del edificio del Paseo de la Habana 198 se resolvió como mero trámite según se recoge en el Acta de la Sesión del 6 de abril de 2011: “Teniendo en cuenta que, según lo previsto en el apartado 3.a.i del artículo 8.3.5 de la Normas Urbanísticas del P.G.O.U.M., la nueva ordenación de la edificación está recogida en el Estudio de Detalle de expediente nº 711/2006/9582, aprobado definitivamente el 27 de septiembre de 2006, no existe inconveniente para la concesión de la licencia, que se tramita en expediente nº 105/2010/04041, de demolición de las edificaciones existentes en la parcela sita en el nº 198 del Paseo de la Habana, incluida en el ámbito del grado 1º de la Norma Zonal 3, de forma previa e independiente de la nueva planta que, en su momento, se adaptará a las condiciones establecidas en el Estudio de Detalle aprobado que contiene la ordenación pormenorizada de la parcela”.

6 de abril de 2011. Orden del Día contempla el futuro incierto del edificio de las Damas Apostólicas …

Más en concreto, el Acta de 6 de abril de 2011 expresa: “Con fecha 04 de Febrero 2011, se eleva consulta urbanística a la Secretaría Permanente efectuada por el Distrito de Chamartín en la que se plantea la procedencia de concesión independiente de la licencia para la demolición de las edificaciones existentes en la parcela sita en el nº 198 del Paseo de la Habana, incluida en el ámbito del grado 1º de la Norma Zonal 3, sobre la que se ha aprobado un Estudio deDetalle, redactado conforme con lo previsto en el apartado 3.a.i del artículo 8.3.5 de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U.M, que establece la nueva ordenación de las edificaciones“.
La aprobación para conceder la licencia de derribo del edificio corrió a cargo de la Comisión Técnica de la Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación, departamento, lo más seguro, de siglas imposibles y de complicada ubicación en el organigrama municipal.

Existen razones de sospecha fundadas de que hay intereses especulativos y urbanístisticos dispuestos a favorecer el derribo de la histórica construcción.

No pretendemos desde este blog criticar el trabajo y la función de los técnicos y gestores del Ayuntamiento de Madrid o de la Gerencia de Urbanismo, pero creemos que, a la vista de las actas consultadas, existen razones más que fundadas para sospechar que existe una intención basada en intereses especulativos y urbanístisticos de rango ínfimo,  que quieren y anhelan el derribo de la construcción que ocupa el interés de este artículo, sin otro interés que el crematístico o pecuniario, despreciando cualquier otra valoración ajena al dinero.

Si consideramos la arquitectura como un bien intelectual y su obra realizada como un bien social, puede chocar hasta la incomprensión la dicotomía de la praxis profesional, tan incomprensible a veces,  con la realidad objetiva: No todos atendemos, entendemos  o resolvemos de igual modo ante los mismos estímulos de modo similar. Es evidente que la disparidad de criterios es legítima y además es la norma. De cualquier manera, habrá que estar atentos, sin señalar a nadie, porque a veces pasan cosas raras y si no estamos alerta, es posible que nos convirtamos en testigos o cómplices.

Referencias.-

Críspulo Moro Cabeza (Wikipedia)

Concesión Licencia Previa (PDF)


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