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Otra de empleo, Rajoy y emprendeduría juvenil (II)

Publicado el 28 febrero 2013 por Nkaiglobal

Otra de empleo, Rajoy y emprendeduría juvenil (II)

Complementando el post de ayer, sigamos aquí comentando las medidas que afectan a la contratación de menores de 30 años y de las prestaciones de desempleo de los mismos.

Prestaciones de desempleo para jóvenes menores de 30 años.

Otra medida interesante es que se podrá compaginar el cobro del paro con el inicio de una actividad económica propia (como autónomos). Un autónomo menor de 30 años podrá cobrar como máximo durante 270 días el paro una vez que haya creado su actividad, o capitalizarlo hasta el 100% (antes era un máximo del 60%) para invertir en dicha actividad (ahora incluye, además de gastos de inversión, gastos de gestión y creación de la empresa). Solo para aclararnos, capitalizar el paro es pedir la totalidad de la prestación de golpe, en lugar de ir recibiéndola mes a mes hasta que se agote. Hay plazos, pero para esos detalles ya conviene mirar la ley.

Reducciones fiscales sobre beneficios.

También hay reducciones fiscales con respecto al tipo de gravamen del Impuesto sobre Beneficios (sociedades) y al del IRPF. El primero no afectará a los autónomos juveniles (los autónomos no pagan el Impuesto sobre Beneficios sino que declaran sus ganancias en su IRPF), por lo que solo es digno de comentar que se hará una reducción de un 20% de los beneficios (rendimientos positivos) declarados a Hacienda siempre que estos no superen los 100.000€ anuales, por lo que los impuestos, al ser calculados sobre los beneficios (si se tienen pérdidas no se paga impuestos en este concepto) se verán reducidas en esa proporción.

Medidas de apoyo a la contratación.

Hablaremos de varios tipos:

- En primer lugar, ayudas a la contratación de jóvenes a media jornada con vinculación formativa. Las empresas de menos de 250 empleados que contraten a jóvenes menores de 30 años (y cumpliendo otros requisitos, como no tener experiencia previa) no pagarán la cotización a la SS de los mismos durante un año, si bien éstos deben estar cursando algún tipo de formación reglada y no pueden trabajar más del 50% de la jornada de un empleado normal de la empresa.

- Contratación de un joven menor de 30 años por microempresas o autónomos. La empresa o el autónomo se ahorra de nuevo el 100% de las cotizaciones del trabajador a la SS durante el primer año, siempre que este cumpla las mismas condiciones que en el anterior tipo de empleo exceptuando la formación (no pueden tener experiencia pero no tienen que estar cursando ningún tipo de curso si son contratados por microempresas).

- Ayuda a la contratación para autónomos menores de 30 años. Los autónomos menores de 30 años (35 las mujeres) que contraten a personas mayores de 45 años obtendrán una reducción del 100% de la cotización del mismo a la SS durante el primer año, siempre que este trabajador se mantenga en la empresa un mínimo de 18 meses (si está menos tiempo y no es por culpa del autónomo no pasa nada).

- Contrato de primer empleo joven. Las empresas que contraten a un menor de 30 años sin experiencia obtendrán una bonificación de las cotizaciones a la SS de hasta 500€/año por trabajador. Las condiciones están en la ley.

- Contrato en prácticas. La mayor diferencia con respecto a este contrato (ya en vigor en la actualidad) es que desde la entrada en vigor de esta ley no existe la limitación de cinco años desde que el trabajador haya obtenido su titulación superior, siempre que este siga siendo menor de 30 años en el momento de la contratación. Las empresas en este caso se ahorrarán un 50% de las cotizaciones a la SS del trabajador.

Estas son a grandes rasgos las medidas que afectan al desempleo juvenil. Yo soy optimista, quiero creer que mejorarán la situación de la economía del país y sobre todo la de uno de los grupos de mayor riesgo de exclusión social en la actualidad, los jóvenes. Como cada vez que se aprueba una ley por Decreto (propia de Gobiernos de mayoría absoluta como el actual), existe el miedo de que el mismo Gobierno que crea la ley la derogue de forma práctica con otra pasados unos meses… Mi recomendación: aprovechar la tesitura y emprender, buscar empresas que se puedan acoger a las reducciones fiscales, no esperar a ver qué pasa y tomar la iniciativa… Si bien es cierto que mi consejo siempre será ese independientemente de las circunstancias.

Y ahora la puerta al debate: ¿son suficientes las medidas?, ¿mejorarán la situación de los jóvenes en España?, ¿ayudarán a que no tengamos que irnos del país para conseguir un trabajo?, ¿propondrías alguna otra medida?

Para más información: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdl4-2013.html

@CesarGtrrez on Twitter


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