Revista Economía

Qué es el Modelo 145 (IRPF) de la Agencia Tributaria

Publicado el 27 abril 2022 por Código Con Sentido @codigocnsentido

Uno de los principales quebraderos de cabeza para los trabajadores es que, en sus nóminas, no se retenga el porcentaje de IRPF que les corresponda. Algo que, sin lugar a dudas, conlleva un gran enfado y los molestos desembolsos económicos a la hora de realizar la declaración de la renta.

Para evitar estos y otros problemas, que trataremos en esta entrada, tener actualizado el modelo 145 resulta indispensable. Por ello, ¿sabes qué es este documento? ¿Cómo cumplimentarlo? ¿Qué ejemplos de cambios en tu vida son los más habituales? Te facilitamos más detalles. Atento.

Qué es el modelo 145 y su relación con el IRPF

Este documento te permite evitar problemas, como que Hacienda requiera la actualización de los datos que tenga sobre ti, evitar que te toque pagar más, año tras año, en la declaración de la renta o informar a tu empresa de que tu situación personal ha cambiado. Son problemas o cuestiones que puedes paliar si conoces este modelo del que muchos ciudadanos ni siquiera han escuchado hablar. (Ver otros Modelos de Hacienda)

Qué es el modelo 145 y su relación con el IRPF

El 145 es el documento, relacionado con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en el que el contribuyente comunica a su organización (pagador) la situación familiar y personal, algo que será determinante en el porcentaje de retención aplicable en la nómina. Así, podemos afirmar que se trata de un modelo que podría hacerte no pagar en la declaración de la renta las cantidades declaradas de menos en un determinado ejercicio.

Cabe recordar que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) obliga a tu empresa a retenerte un porcentaje en función de tu situación, o previsión de esta, en el ámbito personal y familiar. Por ejemplo, si tienes a cargo un hijo o sufres una discapacidad, deberás pagar menos del impuesto.

Por tanto, sería lógico que comunicaras cuanto antes, mediante este modelo, la nueva situación creada. De lo contrario, tu salario neto se verá reducido, teniendo que esperar a la declaración de la renta, en el mes de abril, para regularizar las cantidades pagadas de más.

Actualiza el modelo cuando empieces a trabajar en una empresa

Ante otra de las dudas más planteadas «¿cuándo modificar los datos con este modelo?», los expertos administrativos lo tienen claro: cuando empieces a trabajar, por primera vez, en la empresa. Muchas personas, tras un parón por desempleo o estudios, vuelven al mercado laboral sin recordar que deben actualizar sus datos en uno de los modelos de Hacienda más destacados.

Las organizaciones no saben, en la mayoría de casos, tus circunstancias personales y familiares, por lo que es interesante que, desde el inicio, evites problemas en tu tributación de IRPF.

No obstante, puedes consultar en tu empresa la posibilidad de que sea esta la que te ayude a realizar los cambios o que incluso los haga por ti. En el caso de que no sea posible, recuerda que puedes acudir a profesionales asesores para que te ayuden. Modificar este modelo por tu cuenta es sencillo.

Te explicamos, a continuación, cómo llevarlo a cabo.

Los plazos que tienes para presentarlo

Realmente, no tienes que cumplir ningún plazo estricto como sí ocurre con otros modelos de Hacienda como, por ejemplo, el 100 o los trimestrales para compañías y autónomos.

Sin embargo, debes tener presente que la empresa debe tener en su posesión el modelo con todos los cambios para que, antes del primer día de cada año, ejecute las modificaciones oportunas y comiences el ejercicio con la retención de IRPF correcta.

En el caso de que las retenciones a aplicar sean mayores a las actuales, deberán comunicarse los cambios en un plazo de 10 días hábiles.

Lo que ocurre si no presentas el modelo 145

Si no sabías que debías presentar el modelo 145 o decides omitir la obligación de presentarlo, la primera consecuencia directa es que tu porcentaje de tributación por el impuesto no es el correcto, como ya te hemos explicado con anterioridad.

Sin embargo, te toparás con Hacienda, la cual tiene obligación de sancionarte por cada dato que hayas omitido. Esta infracción puede suponer una multa que oscila entre el 35 y el 150 % del importe que hubieras pagado de menos.

Y, en el caso de que hayas indicado mal los datos en el modelo, será tu responsabilidad y no de la empresa, algo que también es motivo de sanción con los porcentajes mencionados.

Cómo puedes modificar el 145: sigue estos pasos

Para empezar, debes acceder a la página web de la Agencia Tributaria. Después, identifícate con Clave PIN o certificado. Sin ellos no podrás entrar a modificar tu borrador. Por tanto, si no los tienes, sé paciente y solicita tus claves (te llegarán al cabo de pocos días a tu domicilio).

Las personas interesadas en saber más sobre este modelo pueden descargarlo en la web de Hacienda o encontrar en Internet un PDF para familiarizarse con sus casillas y apartados.

Al visualizar el modelo, verás siete apartados diferenciados. Te los detallamos en las siguientes líneas.

Apartado 1

Es un primer apartado en el que deberás verificar todos tus datos: nombre, apellidos, tu documento de identidad o la fecha de nacimiento. Tras hacerlo, llega el momento de comunicar tu situación familiar y personal. Así:

– Situación familiar: ¿en qué estado te encuentras actualmente? Casado, soltero, viudo, etc. Es una de las primeras informaciones, puesto que, si estás casado, a Hacienda la interesará saber si puedes hacer la declaración conjunta con tu cónyuge (o no).

– Discapacidad: en el caso de que tengas una discapacidad declarada, deberás marcar la casilla correspondiente al 33 o 65 %. A mayor porcentaje declarado, se supone que Hacienda debe retenerte un menor porcentaje en cada nómina.

 Movilidad geográfica: si has estado en desempleo con anterioridad, presta atención a este apartado en el caso de que hayas cambiado de lugar de residencia por tu puesto de trabajo. Lo tendrás que marcar para informar al fisco de estas novedades, las cuales afectarán a tu nivel de vida y a tus ingresos patrimoniales.

Apartado 2

Este hace referencia a los hijos y otros descendientes. Existen dos casillas a las que debes atender:

– Debes marcar esta en el caso de que tengas hijos o descendientes como, por ejemplo, nietos que tengan menos de 25 años y que no consigan rentas que sean superiores a los 8.000 euros en un único ejercicio procedentes de sus rendimientos económicos o de trabajo.

– La otra casilla hace referencia al cómputo por entero de hijos o descendientes. La debes seleccionar si no tienes custodia compartida con estos sujetos y únicamente conviven contigo.

Apartado 3

Hace referencia a los ascendientes. En concreto, a convivientes, mayores de 65 años y que no generen rendimientos mayores a 8000 euros, que estén a tu cargo. De igual forma, en este apartado deberás hacer constar los ascendientes que tengan una discapacidad y que sean convivientes, aunque tengan menos de 65 años.

Por ejemplo, si tienes a tu cargo a tu abuela o madre mayor, o a una persona en silla de ruedas. En ambos supuestos, deberás marcar este apartado.

Apartado 4

Igualmente, puede darse el caso de que tengas que pagar anualidades o pensiones por alimentos. Esto es habitual en muchos padres o madres que están divorciados, por lo que resulta conveniente que añadas, si lo ha determinado un juez, que debes pagar mensualmente una cantidad para tus hijos.

Es una manera de hacer ver a Hacienda que parte de tus ganancias están siendo destinadas a cuidar o a mantener un hijo, el cual no convive contigo. Se supone que tu retención deberá ser algo inferior a la actual.

Apartado 5

Muchas personas optaron por no construir un hogar nuevo, sino por rehabilitarlo. Por ello, este apartado también está cobrando gran importancia.

Así, si realizas algún pago por la rehabilitación de la vivienda en la que resides habitualmente, como por ejemplo una hipoteca por este concepto, no dudes en marcar esta casilla.

Eso sí, solo es de aplicación si compraste la casa antes del año 2013 o en el caso de que no ganes más de 33.000 euros al año.

Apartados 6 y 7

Estos dos últimos aluden a la firma, fecha y acuse de recibo. Se han de incluir en esta zona la firma de la empresa y del empleado. El acuse de recibo queda añadido, porque la obligación de retención del IRPF es para la compañía.

Una vez hayas acabado, Hacienda dispondrá de todos estos datos, que deberás transmitir a tu empresa para que aplique en las nóminas la retención que te corresponde.

Te recomendamos descargar modelo 145 en PDF presentado y que lo guardes, bien en una carpeta en papel o en tu ordenador, para posibles consultas futuras o para realizar comprobaciones que necesites llevar a cabo.

Conclusión

Como ves, aunque es temido por unos y desconocido por otros, el modelo 145 es un documento que debes cumplimentar cuando tu situación personal o familiar ha sufrido cambios. De lo contrario, no podrás beneficiarte de una rebaja en la tributación por IRPF o, en el extremo contrario, deberás pagar más en tu declaración de la renta para estar al día con el fisco.


Volver a la Portada de Logo Paperblog