Revista Jurídico

¿Qué son los intereses moratorios? ¿Cuándo son legales y cuándo ilegales?

Por Lázaro Amable Mendez @alyabogados
Junto a los intereses remuneratorios  que se pactan a la hora de darnos un crédito nos podemos encontrar los intereses moratorios, dichos intereses entraran en juego en el momento que se deje de pagar una cuota, siendo proporcional a los días de retraso del pago.
Respecto a la forma que se calcularan dichos intereses, la operación se realizara sobre la deuda en la fecha, incluyendo los intereses y  las amortizaciones.
Después de una pequeña descripción sobre dichos intereses entraremos en el tema principal, cuando  pueden ser considerados ilegales, en un extracto sacado de la ley de Azcárate  de la lucha contra la usura nos pone lo siguiente:
"Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales".
¿Qué son los intereses moratorios? ¿Cuándo  son legales y cuándo ilegales?
Esto nos llega a preguntarnos cual es el tipo de interés del dinero, pues bien la respuesta para dicha pregunta en el 2012 era del 4%, esto choca directamente contra intereses  moratorios que pueden poner bancos o financieras que pueden ir por encima del 20, para luchar contra estas  prácticas el ministerio de economía y hacienda ha intentando limitar el interés hasta un 12% pero sin efecto retroactivo.
Lo cual es  incluso contrario a lo que  transcribe la ley de crédito de consumo donde se determina que los intereses de demora no podrán ser superiores a 2,5 el interés legal del dinero.
Retomando hasta ahora lo que hemos explicado, para que una persona puede  solicitar y fundar que considera un interés como  usurero, deberá especificar el tipo de interés del dinero en el momento de solicitar el crédito,otro punto que se tendrá en consideración sera que tipo de prestamo es el que nos han otorgado, además de otras variables, como puede ser las posibilidades que existía de impago o si es un préstamo personal  o uno hipotecario, como es lógico los prestamos hipotecarías tienen un tipo de interés mas bajo pero se prolongaran en el tiempo.
Por lo cual podemos concluir que existen varios  criterios a la hora de considerar si el interés que nos están aplicando es usurero o no, por ejemplo no es lo mismo un crédito a una persona que tiene una garantía que respalde el crédito que una persona que no posee garantías, en este caso el interés sera más alto, también debe existir una relación entre los interés de demora y el remuneratorio, en resumidas cuentas debe existir una "proporción"
Recientemente han salido algunas sentencias que han luchado de manera clara contra dichos interés declarando la nulidad de la hipoteca  al considerar que eran abusivos.
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