Revista Salud y Bienestar

Reembolso de la Renta: ¿Has recibido el mensaje de Hacienda?

Por Pedirayudas @Pedirayudas

La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar esta semana la orden de reembolso de la declaración de la Renta por correo electrónico.

Inicio de la campaña de la Renta 2023

A pesar de que solo han transcurrido cinco días hábiles desde el inicio de la campaña de la Renta del año 2023, los contribuyentes más tempranos ya están comenzando a recibir buenas noticias de Hacienda.

Mensaje de devolución del Impuesto sobre la Renta

La Agencia Tributaria ya está enviando a los contribuyentes cuya declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ha resultado en un reembolso el siguiente mensaje por correo electrónico: "Se ha ordenado el pago de su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio de 2023".

Tiempo de reembolso

Una vez recibida la orden, el dinero suele tardar solo unos días más en estar en la cuenta corriente del contribuyente, un récord en términos de plazos.

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Inicio del plazo para la presentación de declaraciones del IRPF

De hecho, el plazo para la presentación de declaraciones del IRPF comenzó el 3 de abril para aquellos contribuyentes que optaron por la presentación por Internet y que pudieron descargar el borrador del impuesto que confecciona la agencia tributaria. En Aragón se presentaron 749.647 declaraciones el año pasado, según los datos de la campaña anterior.

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Consulta de datos fiscales y uso del simulador del impuesto

Desde mediados de marzo ha sido posible consultar los datos fiscales y utilizar el simulador del impuesto para conocer el cálculo aproximado del resultado del impuesto de este año, ya sea a devolver o ingresar, a través de Renta Web. Por lo tanto, quienes han sido tempranos y han decidido presentar la declaración, Hacienda ya está ejecutando las órdenes de devolución.

¿Quién tiene que presentar la declaración de la Renta?

Están obligados a presentar la declaración quienes percibieron más de 22.000 euros el año pasado de una sola empresa o pagador. Si trabajaron en varias compañías o tuvieron dos pagadores porque estuvieron unos meses cobrando la prestación por desempleo, deben tributar si los ingresos superan los 15.000 euros, una de las novedades de este año, ya que antes se establecía en 14.000 euros.

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