Revista Educación

Resolución 2066/15. Trabajadores auxiliares de la Educación

Por Daniela Daniela Leiva Seisdedos @elarcondeclio

 
Resolución 2066/15. Trabajadores auxiliares de la Educación que unifica y reemplaza la 3363/88 y la 5707/02
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para el reemplazo y la unificación de las resoluciones con ámbito en educación 3363/88 y 5707/02, hoy se firmó la nueva resolución 2066/15 que incluye la mayoría de los requerimientos presentados desde nuestra organización y que son fruto del trabajo y la lucha conjuntos, de los auxiliares de la educación, de los militantes, dirigentes y delegados de nuestra ATE.
Para los trabajadores Auxiliares de la Educación, la firma de la nueva Resolución 2066/15 significa un avance en el reconocimiento como trabajadores y como sujetos de derecho, donde hemos desterrado la figura de porteros y peones de cocina, que hasta este momento estaba vigente y logrando una denominación de acuerdo con la dignificación y la jerarquización de la tarea que realizan los compañeros y compañeras en las escuelas.
De esta manera, pasa a reconocérselos como trabajadores auxiliares de la educación para la limpieza institucional y para el servicio alimentario escolar, este resulta el primer dato que debemos destacar a partir del logro y de la historia de los trabajadores auxiliares organizados en ATE.
Por el otro lado, nuestra organización ha logrado plasmar en esta resolución la tarea que cotidianamente realizan las compañeras de las escuelas. Resta seguir avanzando en la discusión sobre otros actores del ámbito educativo: como los choferes de escuelas, las cuadrillas de mantenimiento y Escuelas Agrarias, pero que formarán parte del devenir y de lo que la Organización seguirá construyendo.
En lo que respecta a los contenidos de la resolución se logró, iniciar un camino donde la sobrecarga de trabajo y de tareas quede eliminada en las escuelas bonaerenses. Respecto a la designación de los trabajadores para la limpieza institucional, a partir de esta resolución cada uno de los sectores y espacios donde cotidianamente los chicos realizan sus actividades de enseñanza aprendizaje en las escuelas, como por ejemplo, el gimnasio, el laboratorio, las aulas taller, entre otros, van a tener que ser contabilizados como secciones para la designación de los auxiliares para la limpieza, hecho este que en la resolución anterior no estaba contenido. El criterio será un auxiliar: cada cuatro secciones y tres dependencias, en cada una de las escuelas de la provincia.
Como así también en lo que respecta al servicio alimentario escolar y la atención del desayuno y la merienda. Se va a poder nombrar un auxiliar de acuerdo a los cupos establecidos en el servicio alimentario escolar, para que puedan cumplir esta tarea en las escuelas donde no se cuenta con comedores, con servicio.
Se estableció también un criterio respecto a la cocinas, los comedores, donde ya no se contabilizan a partir de 50 cupos, sino que se adopta un criterio menor: cada 35 cupos, 1 Auxiliar; con lo cual esto va aliviará las tareas de las compañeras que están encargadas de elaborar los alimentos en los comedores escolares.
Otro punto importante tiene que ver con la democratización en la relación con los Consejos Escolares, donde a partir de la 2066 se limita el poder de los Consejos estableciendo que cada una de las designaciones que se realicen de los trabajadores auxiliares de la educación serán realizadas por acto público.
Además, se jerarquizó la elevación de los criterios de puntuación para meritar en los listados, en lo que tiene que ver con el domicilio del aspirante que se inscribe, con la permanencia en los mismos, con la capacitación y los estudios logrados por cada persona que aspire a cubrir un cargo en educación. Se reconocerán los estudios primarios, a quienes estén cursando la escuela secundaria, (a quienes también se reconoce en el puntaje), quienes hayan logrado cumplir con los estudios terciarios y universitarios y en lo que tiene que ver con la formación y capacitación en servicio de los cursos realizados en los centros de formación profesional, donde también se eleva el nivel de puntuación y ya no solamente se puntúa sobre un curso, sino que todos los cursos inherentes a la tarea realizada, son reconocidos a partir de esta nueva resolución.
Otro tema importante, en lo que tiene que ver con la distribución de tareas de los compañeros auxiliares que debe hacerse al inicio de cada ciclo lectivo, la programación de la licencia anual y de acuerdo también a lo que indica la ley 10430, de cómo se gozan las vacaciones. Este fue otro punto en el que limitamos lo que pretendía el gobierno, que era cercenar el goce de las vacaciones de los trabajadores, y desde ATE se logró que se reconozca.
Además de establecer que la responsabilidad directa de la apertura y cierre de las escuelas, es del directivo del establecimiento.
 Esta iniciativa, se pudo concretar gracias al inestimable aporte de cada uno de los Consejos Escolares, que con sus planteos, dudas, consultas y opiniones, nos permitieron ir dando forma a esta normativa que se vio fuertemente complementada con el trabajo mancomunado entre el nivel central, actores territoriales y las organizaciones gremiales que han hecho posible cumplir con esta asignatura pendiente de revalorizar y ordenar el rol del trabajador auxiliar de la educación. Este es un paso trascendental que deja sentada las bases para seguir articulando políticas públicas que mejoren la relación estado - empleado. Esta norma tiene vigencia a partir del 1º de Enero de 2016, con lo cual existe un tiempo prudencial, para su análisis, estudio y su posterior implementación.https://drive.google.com/drive/my-drive  ( Buscar Resolución 2066/15).http://www.upcnba.org/images/stories/gremiales/resolucion2066-15.pdfVisita: http:// www.elarcondeclio.com.ar Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos

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