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¿Serviría de algo que Cataluña decidiera independizarse en referendo?

Publicado el 11 septiembre 2013 por El Patíbulo
Política tribunal constitucional_Fotor

Publicado el 11 septiembre, 2013 | por María del Mar Giménez

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¿Serviría de algo que Cataluña decidiera independizarse en referendo?

Mucho se debate últimamente sobre Cataluña y sobre una posible escisión nacionalista, supongo que esto es debido a que hablar por hablar es tan peligroso como fácil, pero muy poca gente se ha parado a pensar si una independencia real es factible. La certeza es que, ineludiblemente, en los democráticos tiempos actuales, no importa lo justa o disparatada que sea una causa. Solo cuenta si esa meta ideológica es conforme al ordenamiento jurídico. ¿Permitiría la ley una independencia catalana?

No. Así de sencillo. Nuestra Constitución, norma principal del sistema legal jerárquico español, establece un sistema de organización del Estado en Comunidades Autónomas y no plantea ningún mecanismo de independización territorial. Es más, de forma expresa en su artículo segundo, proclama la indisoluble unidad de la nación española.

Ya hay quién pide un Estado federalista, vista la intrincada dificultad del tema. Respecto a esto, una vez más, con la Carta Magna hemos topado, en su precepto 145 podremos encontrar que “en ningún caso se permitirá la federación de las Comunidades Autónomas”.

Pero vayamos un poco más allá. ¿Puede el señor Mas convocar un referéndum unilateralmente? En ningún caso, y no es que no pueda convocarlo sobre la independencia catalana, es que no puede hacerlo en general sin una autorización estatal. El artículo 149.32 reserva esa facultad de forma exclusiva al Estado y sin esta, los únicos efectos de la consulta popular en ciernes serán simbólicos.

El dato más interesante es que el artículo 155 de la Constitución permite al Estado reaccionar ante los incumplimientos en que de sus obligaciones incurrieran las Comunidades Autónomas y ante los atentados graves que estas cometan contra el interés general, previo requerimiento a su Presidente y por aprobación del Senado. Pudiendo adoptar en este supuesto las medidas que se considerasen necesarias.

Esto significa básicamente que las últimas noticias que llegan desde Cataluña constituyen una medida de presión que, en principio, no tiene porqué tener otra repercusión que la de abrir un debate que solo se cerraría a su favor con la modificación de la Constitución. Cuestión esta última, que únicamente tendría lugar si el Estado central lo aceptara y promoviera.

Entre la amplia convulsión actual de nuestro país, parece que el señor Artur Mas ha intentado hacer un poco de ruido. Pero aunque esté quemando todos sus cartuchos, a la luz del articulo 155 CE y de otros presupuestos legales, es claro que el Estado también tiene sus armas. Lo que nos resta ahora es esperar para ver hasta qué punto está dispuesto cada uno a “tensar la cuerda” democrática.



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