Revista Salud y Bienestar

Subvenciones para la contratación temporal de personas perceptoras de la Renta de Integración Social de Galicia 2015

Por Pedirayudas @Pedirayudas

¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos.

¿Cuál es la finalidad de la subvención?

La subvención tiene como objetivo sufragar los costes de contratación (salario y cotización a la Seguridad Social) de personas en situación o riesgo de exclusión social perceptoras de la Renta de Integración Social de Galicia (RISGA).

El importe de la misma será el equivalente a estos costes, reduciéndose proporcionalmente en función de la jornada laboral que vaya a realizar el trabajador.

Presentación de la solicitud y plazos

Las entidades interesadas deberán presentar la solicitud por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Para ello, tendrán de plazo un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, que fue el 12 de enero de 2015.

El plazo de resolución será de cinco meses contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. De no dictarse resolución expresa en el plazo indicado, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

La resolución de la concesión de la subvención se notificará por escrito a la entidad y fijará expresamente el importe de la ayuda otorgada, así como las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a las que queda sujeta la entidad beneficiaria.

Requisitos de la contratación

  • La contratación de personas perceptoras de RISGA deberá destinarse a la realización de obras o servicios de interés general y de utilidad social que sean competencias de las entidades locales.

  • El período de contratación subvencionable será de 7 meses y la jornada laboral será como mínimo del 50% y como máximo del 75%.

  • La contratación deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de notificación de la resolución positiva.

  • La selección de los trabajadores la efectuará un grupo mixto formado por representantes de la Consellería de Traballo e Benestar y de la entidad beneficiaria.

  • Los trabajadores deberán ser perceptores de RISGA y estar inscritos en el Servicio Público de Empleo como personas demandantes no ocupadas.

  • Tendrán preferencia aquellas personas perceptoras de RISGA que tengan asignado un proyecto de inserción de carácter laboral, los mayores de 25 años y los que tengan cargas familiares.

  • Efectuada la selección, la entidad beneficiaria procederá a la contratación del trabajador empleando la modalidad de contrato de trabajo temporal con cláusulas específicas de trabajos de interés social.

 


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