Revista Opinión

Suspenciones provisionales no son juicios de valor: juez federal pablo gómez fierro

Publicado el 11 marzo 2021 por Acervo Mexiquense @AcervoMX
SUSPENCIONES PROVISIONALES NO SON JUICIOS DE VALOR: JUEZ FEDERAL PABLO GÓMEZ FIERRO

·    *  Señala juez que sus razonamientos son de índole estrictamente jurídico y que no están basados en apreciaciones ideológicas o subjetivas.

Ciudad de México. - Durante rueda de prensa, quedó asentado que sería el Poder Judicial el encargado de determinar la prosperidad o muerte de la Reforma a la LIE. Al respecto, el Poder Judicial ha reaccionado en sentido positivo y cumplió las expectativas al otorgar 2 suspensiones provisionales con efectos generales en contra de esta reforma.

Concretamente, el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República, Juan Pablo Gómez Fierro, otorgó, dentro del juicio de amparo 119/2021, 118/2021 y su acumulado 120/2021, la suspensión provisional con efectos generales de la Reforma a la LIE.

Los razonamientos de dicho Juez fueron los siguientes:

- En primer lugar, la reforma se aleja de su indicada finalidad de garantizar la competencia y libre concurrencia en el sector energético para beneficiar a la población, siendo aparentemente contraria a los artículos 25 y 28 constitucionales.

- En segundo lugar, la reforma puede afectar los derechos fundamentales a la libre concurrencia y competencia, en detrimento de los usuarios finales, ya que no podemos hablar de libre competencia y concurrencia si, como lo hace la reforma, se permiten barreras para ingresar al mercado eléctrico mayorista, se otorgan ventajas para ciertos participantes, genera incertidumbre para los particulares que ya cuentan con algún permiso para alguna actividad regulada, modifica de manera repentina las reglas de operación y desincentiva la inversión en el sector eléctrico al suprimir los derechos adquiridos bajo la legislación anterior.

- En tercer lugar, la reforma podría producir daños irreparables al medio ambiente e impedir que México cumpla sus múltiples compromisos internacionales en el combate al cambio climático, ya que desincentiva la producción de energías limpias y fomenta la operación de centrales convencionales.

El Juez en comento precisó que sus razonamientos son de índole estrictamente jurídico y que no están basados en apreciaciones ideológicas o subjetivas. La Cámara de Comercio Internacional, ICC por sus siglas en inglés (International Chamber of Commerce) México; valora la gran labor del Poder Judicial y la defensa, con bases sólidas, del Estado de Derecho en nuestro país.

Finalmente, cabe mencionar que, hasta el momento, suman ya otras 11 medidas cautelares contra la Ley de la Industria Energética (LIE).


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