Revista Coaching

¿te gustan los hombres o las mujeres? ¿a mi qué me importa?

Por Juanmartinezsalinas76

Foto propiedad Juan Martínez de Salinas  Hace unas semanas, leyendo la prensa digital, llegué al caso del árbitro Jesús Tomillero, amenazado de muerte por ser homosexual. Por lo visto, todavía hay quien da mucha importancia en la compañía de otros en la cama, algo que es, claramente, algo privado. Y no somos quiénes para meternos en la vida privada de nadie. Ante todo, me gustaría dar todo mi apoyo a Jesús porque este tipo de conductas son intolerables.

A veces, la falta de entendimiento hace que se piense erróneamente. Es por ello, que el hecho de que a una persona,  sea hombre o mujer, le gusten las personas de su mismo género no significa que vayan tirando los tejos a todo lo que se menea.

Los problemas en la empresa pueden ser muchos y hoy quiero hablar de uno que todavía, desgraciadamente, ocurre: la homofobia en el ámbito laboral. Pese a estar viviendo en un país donde existe la libertad de expresión, seguro que podremos encontrar a alguien a quien ciertas opiniones puedan molestar… pero habrá que recordarles el concepto “Democracia”.

Para empezar, la Constitución Española de 29 de diciembre de 1978 establece en su Artículo 9. 2, que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.  Esta misma norma establece en su artículo 14. [Principio de igualdad] que los españoles somos iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Luego el Artículo 35 de la Constitución Española establece que todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. Por último esta misma norma en su artículo  53.2 [Garantías, libertades y derechos fundamentales] indica que cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo 2º ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Vemos que la igualdad tiene la consideración de derecho fundamental y cuenta con el máximo de protección en nuestra norma suprema que no es otra que la Constitución Española. Sin embargo, esto conlleva una igualdad legal que no real, aunque queda mucho camino para que no exista discriminación real por la orientación sexual, de la misma forma que todavía no se ha solventado la discriminación por sexo, donde vemos que las mujeres no tienen el mismo trato que los hombres.

Indiscutiblemente en pleno siglo XXI en España y en otros países ha mejorado mucho la situación de las personas homosexuales (gays, lesbianas y transexuales) si lo comparamos con otras épocas.

El pasado mes de mayo la Asociación Internacional de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (Ilga), publicó su informe anual que recoge la situación legal de las personas Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales en cada uno de los países pertenecientes a las Naciones Unidas. En la actualidad en 22 países del mundo está permitido el matrimonio homosexual entre los que se encuentra España. Además, este informe incluye la información de que en 74 países aún penalizan las relaciones entre personas del mismo sexo.

Todavía es una lotería nacer en según qué países, porque por desgracia cada uno nace y será lo que esté predestinado ser, independientemente, de lo que la sociedad que te rodea diga que tienes que ser. Ciertas expresiones como “lo normal es”, “lo mayoritario es”, “tú tienes que estudiar”, “tú tienes que hacer” todavía hacen daño a ciertas personas. Cada uno tiene que vivir su vida como le apetezca, quiera o pueda, además, mientras no haga daño a los demás, qué más nos importa lo que haga con su vida. Pero lo que realmente es inaceptable es que por tu vida privada, se te discrimine. No es cuestión de ser buen trabajador, sino de con quién te acuestas. ¿Afecta eso a la relación contractual que tienes con la empresa?

Pero incluso entre compañeros, es típico hacer los chistes fáciles de mujeres y homosexuales para quedar de guay, este tipo de chistes son algo habitual, que todos tenemos que escuchar que no oír en los entornos laborales.

Es más muchas personas viven su sexualidad ocultándola, para evitar ser juzgados, humillados y víctimas de chistes. Homosexuales han existido, existen y existirán en todas las profesiones y ámbitos. Algunas personas valientes lo hacen público para ayudar a otras personas anónimas. Otros muchos deciden contárselo a su entorno cercano, porque entienden que el decir que personas les gustan pertenece a su esfera personal y privada. En el ámbito laboral se debe valorar cómo uno desempeña su trabajo, los resultados obtenidos, cómo soluciona los problemas que surgen y las competencias que tienen en el desarrollo de su trabajo. Lo demás pertenece a su faceta íntima.

De la misma forma que los hombres y mujeres heterosexuales saben comportarse cuando están en un entorno mixto (por regla general, claro) los gays también lo saben hacer.

Foto propiedad Juan Martínez de Salinas
  Imaginemos que Pedro es abogado, para que tú lo contrates. Lo que debería importar sería su trayectoria, su historial de casos, su forma de trabajar, etc. Y no que Pablo sea su pareja. Esto debe pasar igual con los futbolistas, cantantes, árbitros, toreros y cualquiera que sea tu profesión. ¿Qué más me da a mí que la entrenadora de mi sobrina sea lesbiana o no? lo importante es que le enseñe a nadar, que le corrija, que haga que se divierta y ame el deporte, qué le trate bien y que disfrute con lo que hace. No tenemos derecho a juzgar las vidas de los demás.

Acudiendo a la normativa laboral el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 17.1 indica que se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorables por razón de edad o discapacidad o a situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación o condición sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con personas pertenecientes a o relacionadas con la empresa y lengua dentro del Estado español. Después el artículo 54 regula el Despido disciplinario. En su punto 1 este artículo establece que el contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. El punto 2 G de este artículo indica que se considerará incumplimiento contractual: el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Es decir que si en tu trabajo sufres acoso o discriminación por tu condición sexual puedes denunciarlo y esa persona podrá ser despedida de la organización mediante un despido disciplinario. El problema, como siempre, es demostrar este acoso por esta causa y que luego la empresa decida tomar medidas. Porque en este caso se debe demostrar el incumplimiento grave y culpable del trabajador.

Por supuesto esto no exime que la persona que sufra discriminación por su orientación sexual decida acudir igualmente a la vía penal si las conductas lo requieren.

Una persona en su ámbito laboral, cuando sufra discriminación por su orientación sexual, debe denunciar, con independencia de que esto le parezca bien a su entorno laboral o no. No podemos permitir este tipo de actitudes ni obligar a las personas que lo sufren a guardar silencio. Los gobernantes de nuestro país deben ser más rotundos con penas ejemplares para que otras personas no piensen que es “barato” discriminar a otros por su condición sexual.

Es muy triste escuchar a personas con poder que sin ningún rigor sueltan tonterías sobre la homosexualidad. La condición sexual no se elige sino que nacemos ya con ella como otras muchas cosas.

Se debe educar desde las etapas tempranas en la diversidad sexual, es decir, que se vea con normalidad las diferentes opciones sexuales, igual que los diferentes tipos de familias que existen en nuestra sociedad actual. Ninguna es mejor ni peor, son diferentes opciones, todas igual de respetables y mereciendo el más absoluto de los respetos.

Muchos problemas vienen porque se juzga lo que se desconoce y todos nos debemos poner más en el lugar del otro, quizás no para estar de acuerdo con él pero sí para saber por lo que pasa. Uno puede reprender a un subordinado por su trabajo, por cómo se hacen las cosas, o por no seguir el protocolo de la empresa, pero nunca por aquello que se hace en la vida privada. Ningún jefe tiene derecho a meterse en la vida privada de ningún subordinado.

Me gustaría dar todo mi apoyo a todas las personas que sufran discriminación por su orientación sexual. Este tipo de artículos son muy necesarios y espero que todo el mundo pueda dar su opinión con respeto y sin faltar a nadie.

Yo siempre lo digo que uno debe valorar y apreciar a la persona; una vez que uno hace esto, es indiferente si a esa persona le gustan los hombres o las mujeres; eso no cambia absolutamente nada. Lo que debe importar es que una persona sea un buen profesional en su actividad, lo demás da igual.

Supongo que no nos quedaremos sorprendidos cuando nos contéis (si queréis, claro) si alguno habéis sido víctima de  discriminación o conocéis el caso de alguien cercano. Creo que todos podemos ayudar a que estos temas salgan a la luz y podamos ayudar a aquellos que sufren en silencio algo que, por otro lado, es intolerable.


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