Revista Jurídico

Tip super-sencillo para aplazar multas

Por Ignace

Aplazar multasA muchos nos ha ocurrido en alguna ocasión haber recibido una carta certificada en nuestra casa informando de una sanción de tráfico justo en el peor momento para nuestra economía doméstica, lo que descuadraría por completo el presupuesto mensual de nuestro plan financiero.

Si tienes por norma no recibir en tu casa a nadie con quien no te hayas citado previamente, (esto incluye el servicio de correos), tendrás la oportunidad de disfrutar de un pequeño margen de tiempo para el pago de sanciones de tráfico (generalmente un par de meses), me explico mejor: cuando cometes una infracción que no se te notifique en el acto, la policía local, DGT, o el organismo competente, te lo notificará un par de meses más tarde mediante correo certificado. En el momento de recibir esta notificación has de firmar acuse de recibo haciendo así fehaciente su recepción. En caso de que no te encuentres en el domicilio, el cartero dejará un aviso en tu buzón indicando que puedes pasar durante los próximos días a recoger la notificación en determinada oficina de correos, y en esa misma nota podrás leer quien es el remitente de la carta certificada a recoger.

Salvo que estés esperando una felicitación de cumpleaños o un Christmas navideño (nótese la ironía) por parte de las fuerzas del estado, lo más probable es que la notificación sea una multa. Mi objetivo no es evitar la sanción, sino buscar el mejor momento para pagarlo, por lo que si cuando recibas esta notificación tu economía te permite hacerle frente, lo mejor es que te pases por correos a recoger la multa junto con las instrucciones para pagarla. Sin embargo, si necesitas un poco más de tiempo, lo único que tienes que hacer es dejarlo correr, y esperar a la siguiente notificación, aprovecharás ese tiempo para aprovisionar los fondos necesarios.

La segunda notificación bien puede presentarse nuevamente por servicio postal o directamente publicada en un boletín oficial como el BOE, o un Boletín autonómico. Curiosamente la ley entiende como fehaciente una notificación publicada en algún boletín oficial, (como si fuéramos a leerlos a diario junto con la prensa deportiva).
Cuando se haya realizado la publicación, mi consejo es que pagues cuanto antes, o al menos antes de quince días ya que así gozarás de una reducción del 50% desde el momento de la notificación fehaciente, es decir, haberse publicado en un boletín oficial, o bien que recibas una carta certificada.

Algunas Webs como devuelta.es te permiten dar de alta tus datos y ellos te notifican vía e-mail (medio que a mi juicio debería usar directamente la administración) la notificación, así como su importe. Además este sitio te ofrece un servicio de defensa y gestión de recursos de multas que quizás te interese contratar

Como sintesis final: no abras la puerta a desconocidos, pueden dañar tus finanzas personales.


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