Revista Economía

Todo lo que tienes que saber sobre la nueva ley de tráfico

Publicado el 04 junio 2014 por Luciana Salvador Serradell @PCS_ESP

Todo lo que tienes que saber sobre la nueva ley de tráficoLa mejor manera de evitar una de esas multas que suelen desbaratan el bolsillo de cualquier conductor, es conociendo a fondo la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que entró en vigor hace exactamente un mes y trajo algunas modificaciones significativas.
Porque en PCS MasterCard® pensamos en la seguridad de nuestros clientes, te presentamos los cambios más importantes de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad:

Drogas

• Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.• Lo que no cambia es la conducción bajo la influencia de drogas, cuya vía es penal tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código penal.

Alcohol

• Se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas.• Serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes y que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida. • Ahora es obligatorio no sólo para los conductores, sino para todos los usuarios de la vía de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción. 

Inmovilización de vehículos

• Se puede inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.

Uso del casco

• Los menores de 16 años, conductores u ocupantes de bicicletas deben utilizar siempre el casco de protección.

Adelantamiento a ciclistas

• El vehículo que adelante a un ciclista deberá guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. • Se prohíbe adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.
Detectores de radar
• Se prohíbe el uso de detectores de radar, aunque sí están permitidos los avisadores. La multa por llevarlo es de 200 euros y 3 puntos menos en el carnet.

Atropello de especies cinegéticas

• El conductor será el responsable si atropella a un animal en cotos de caza. Hasta ahora sólo lo era si había incumplido las normas de circulación• Cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza mayor, el responsable será el propietario del terreno.• Y si el accidente es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía donde se haya producido el atropello.

Novedades en la reforma

• Es una infracción la caída de la carga de un vehículo creando peligro para la seguridad vial.• Está prohibidas la realización de obras en la vía sin la comunicación previa a la autoridad responsable del tráfico.• No se puede incumplir las condiciones de circulación de una autorización o impedir las labores de control de los centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores y causar daños a la infraestructura debido al exceso de masa o dimensiones de un vehículo.• Los agentes ahora no tienen que notificar la denuncia en el acto, siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.• También se establece que los plazos de alegaciones de las denuncia y de pago de sanciones con descuento es de 20 días naturales.• Será obligatorio matricular en España los vehículos de extranjeros residentes.


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