Revista Jurídico

Trata de seres humanos

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

El Código Penal dedica un Título especial al delito de trata de seres humanos.

Para definir el delito de trata de seres humanos hay que acudir directamente a sus requisitos, ya que son elementos esenciales que configuran el precepto.

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Trata de seres humanos

Requisitos que configuran el delito

Trata de seres humanos

Para que se de el delito de trata de seres humanos se deben cumplir las siguientes premisas:

1º. Debe existir captación, transporte, traslado, acogimiento o recepción, incluido el intercambio o transferencia de control sobre las víctimas.

2º. Estas acciones deben ser en territorio español, o que se produzcan desde España, en tránsito o con destino al país.

3º. Se debe emplear violencia, intimidación, engaño, o abusar de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima. Se entiende que existe situación de necesidad o vulnerabilidad cuando la persona no tiene otra alternativa real o aceptable que someterse al abuso.

4º. O también, en lugar o además de la anterior, mediante entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que posea el control sobre la víctima.

5º. Todo esto se debe hacer con alguna de las finalidades siguientes:

  • Imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad.

  • Explotación sexual, incluyendo la pornografía.

  • Explotación para realizar actividades delictivas.

  • Extracción de sus órganos corporales.

  • Celebración de matrimonios forzados.

Trata de menores

Aunque no se recurra a ninguno de los medios anteriores, es decir:

- Emplear violencia, intimidación, engaño, o abusar de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima.

- O también, en lugar o además de la anterior, entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que posea el control sobre la víctima.

Se considerará trata de seres humanos cualquiera de las acciones indicadas cuando se lleve a cabo respecto de menores de edad con fines de explotación.

Consentimiento de la víctima

El consentimiento de la víctima de trata de seres humanos será irrelevante cuando se haya recurrido a alguno de los medios ya indicados.

Pena del delito

Este delito de trata de seres humanos será castigado con la pena de prisión de 5 a 8 años.

Circunstancias que agravan la pena

Se impondrá en este delito la pena superior en grado cuando:

  • Se hubiera puesto en peligro la vida o la integridad física o psíquica de las personas objeto del delito.

  • La víctima sea especialmente vulnerable por razón de enfermedad, estado gestacional, discapacidad o situación personal, o sea menor de edad.

Si concurre más de una circunstancia se impondrá la pena en su mitad superior.

Por otro lado, se impondrá igualmente la pena superior en grado, y además, inhabilitación absoluta de 6 a 12 años a los que realicen los hechos prevaliéndose de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público.

Pena si se pertenece a organización dedicada a la trata

Se impondrá la pena superior en grado e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por el tiempo de la condena, cuando el culpable pertenezca a una organización o asociación de más de 2 personas, incluso de carácter transitorio, que se dedicase a la realización de estas actividades.

Cuando se trate de los jefes, administradores o encargados de dichas organizaciones o asociaciones, se les aplicará la pena en su mitad superior, que podrá elevarse a la inmediatamente superior en grado.

Circunstancias que atenúan la pena

La provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de trata de seres humanos serán castigadas con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.

Antecedentes penales internacionales

Las condenas de jueces o tribunales extranjeros por delitos de la misma naturaleza producirán los efectos de reincidencia, salvo que el antecedente penal haya sido cancelado o pueda serlo con arreglo al Derecho español.

Responsabilidad por infracciones de la víctima

La víctima de trata de seres humanos quedará exenta de pena por las infracciones penales que haya cometido en la situación de explotación sufrida, siempre que su participación en ellas haya sido consecuencia directa de la situación de violencia, intimidación, engaño o abuso a que haya sido sometida y que exista una adecuada proporcionalidad entre dicha situación y el hecho criminal realizado.

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