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Trump firma orden ejecutiva restringiendo emisión de visas y admisión de refugiados

Publicado el 28 enero 2017 por Yusnaby Pérez @yusnaby
Trump firma orden ejecutiva restringiendo emisión de visas y admisión de refugiados

El presidente de los EEUU, Donald Trump, ha firmado este viernes la orden ejecutiva Protegiendo a la nación de la entrada de terroristas extranjeros a los EEUU”, con impacto en los procesos de emisión de ciertas visas y en el Programa de Refugiados.

La orden tiene el propósito de revisar el proceso de emisión de ciertas visas para asegurar que aquellos beneficiados no tienen la intención de dañar a los estadounidenses ni tienen vínculos con el terrorismo.

En primer lugar, se suspende durante 90 días la emisión de visas para nacionales de “países de especial preocupación”. Mientras dure la suspensión, el Departamento de Seguridad Nacional realizará una revisión de la información requerida de estos países para determinar que el individuo “es quien dice ser, y no es una amenaza para la seguridad pública”.

El proceso de revisión incluirá la petición a las autoridades de esos países de información relativa a sus nacionales. De no ser proporcionada, el Departamento propondrá que se niegue la visa a los nacionales de estos países.

Los países afectados por esta decisión incluyen por referencia explícita a Irak y Siria. De acuerdo a CNN, la Casa Blanca aseguró que también impactará a nacionales de Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.

Además, se suspende el Programa de Exención de Entrevista en el proceso de visado que beneficiaba a viajeros frecuentes a los EEUU. “Todo individuo que busque una visa de no inmigrante requiere ser entrevistado en persona” expresa la orden ejecutiva.

Para evitar demoras en los procesos de cita y asignación de visa, la orden indica al Departamento de Estado ampliar el Programa de Oficiales Consulares, que son los responsables de realizar las entrevistas pertinentes en las delegaciones diplomáticas de EEUU en el mundo.

Por otro lado, se suspende también el Programa de Admisión de Refugiados por un periodo de 120 días, en tanto el Secretario de Seguridad Nacional revisa el proceso de adjudicación y considera medidas adicionales para asegurar que “la admisión de refugiados no suponga una amenaza a la seguridad y bienestar de los EEUU”. Tras este periodo, solamente se reanudará el Programa para nacionales de países donde se determine que esas medidas adicionales “son adecuadas”.

Independientemente de ello, se suspende indefinidamente la entrada de refugiados sirios a los EEUU. “Proclamo que la entrada de nacionales de Siria como refugiados es perjudicial para los EEUU“, firma Trump en su orden ejecutiva. Esta suspensión se mantendrá hasta que se hayan producido los “cambios suficientes”, consistentes con el interés nacional.

Además, se establece un techo de 50,000 refugiados para el año fiscal de 2017 (del 1 de octubre de 2016 al 31 de septiembre de 2017). Admitir a un mayor número de refugiados “sería perjudicial para los EEUU”, de acuerdo al documento.

Una vez se restablezca el Programa tras el periodo de 6 meses, el Secretario de Estado deberá promover cambios para priorizar a los refugiados que aleguen persecución por motivos religiosos, siempre que el individuo sea fiel de una religión minoritaria en ese país.

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