Revista Empresa

Vendedores: emprendimiento, emprendedores y emprender

Publicado el 21 mayo 2015 por Solocomerciales @solocomerciales
Posiblemente uno de los post de este blog con mas visitas, es el titulado ¿Contrato mercantil o contrato laboral para un comercial?, en este post, explicábamos que es un contrato laboral y que es un contrato mercantil y nos centrábamos en el contrato de agencia. Es un post de agosto de 2011 y es necesario revisarlo dado que desde multitud de fuentes se nos anima a los españoles a una cosa nueva que se llama “emprendimiento”.Vendedores: emprendimiento, emprendedores y emprenderCreerme que me ha sorprendido que la RAE reconozca la palabra como “acción o efecto de emprender”, pensaba que era uno de esos “palabros” de los políticos, pero no, la palabra existe, es la acción de emprender y emprender la misma RAE indica que es acometer y comenzar una obra, un negocio, un empeño, especialmente si encierran dificultad o peligro y de eso vamos a hablar hoy, de los peligros de "emprender como emprendedor una emprendiduría" para un comercial.

Como ya vimos en 2011, emprender implica convertirse en empresario autónomo, incluso en el caso que ser empresario autónomo sea una estrategia de la empresa para no tener personal laboral.Un empresario autónomo, tiene que lidiar con legislación tributaria, de Seguridad Social, de protección de datos y de prevención de riesgos laborales.Pero vamos al grano, en este blog somos vendedores y comerciales y vamos a analizar que nos supone vender productos y servicios como emprendedores. En lineas generales, creo que solo hay cinco supuestos, el falso autónomo, el autónomo dependiente, el autónomo con dedicación exclusiva, el agente y el empresario.Supuesto 1, falso autónomo.Como indicamos en el post anteriormente citado, esta es la peor situación en la que puede verse un comercial, no es mas que una relación laboral encubierta pensada unicamente para que la empresa eluda obligaciones al fisco y a la Seguridad Social, responsabilizándonos a nosotros de esos pagos. Supuesto 2, autónomo dependiente.Es una de las modalidades menos conocidas en España, para ser autónomo dependiente hay que facturar un mínimo del 75% del total a una sola empresa con la que tenemos un contrato de autónomo dependiente, no podemos tener establecimiento comercial ni empleados, se estipula jornadas y horarios, facturaciones etc.  Digamos que esto es lo que seria lo que nos proponen como “contrato mercantil” pero haciéndolo de un modo legal, ético, sostenible en el tiempo y con garantías para todos.Lo triste es que siendo la modalidad legal del “contrato mercantil”, sea la menos usada en España, lo cual dice muy poco de nuestras empresas.Supuesto 3, autónomo con dedicación exclusiva.Esta es una figura que no existe, le he puesto este titulo para entendernos entre nosotros, hablamos del comercial que es un autónomo dependiente, con o sin ese contrato, con o sin contrato de agencia, que trabaja al 100% para una sola marca/producto. Suelen estar en el Staff de empleados como uno mas y suelen ser relaciones de muy largo recorrido.Supuesto 4, agente.El contrato de agencia es el mas conveniente para un vendedor dado de alta en el régimen de autónomos, el contrato de agencia es protector tanto para las empresas como para el agente, y vincula todo, desde los catálogos, las zonas, las remuneraciones, los objetivos a corto y a largo plazo, duración de la relación y ademas cualquier clausula que no proteja la directiva comunitaria 86/653/CEE transpuesta por la ley española 12/1992 sobre el Contrato de agencia (LCA) sera nula.Supuesto 5, empresario.Este es el modelo que desde los foros políticos y empresariales están fomentando ¡crea tu empresa!. Hablamos del comercial que se establece por su cuenta, con o sin contratos de agencia, con o sin relaciones con empresas, que sale a la calle a vender. El resultado de esta opción depende del comercial y que experiencia y respaldo tenga.Como hemos recordado muchas veces, nunca y repito nunca, a ningún comercial nos ha pasado eso de entrar a vender un producto y nos digan: ¡que suerte que hayas venido, por que no sabia a quien comprar!, es decir, establecerse como empresario implica que tenemos que tener producto, cartera, plan de empresa y riñón económico para soportar los gastos que se nos avecinan. Recientemente en eleconomista.es hablaban de una nueva burbuja, en este caso del emprendimiento, la tesis se basa en el libro “¡Emprendedores! El virus de la ingenuidad” y se centra en especial en el emprendimiento en venta de producto de Internet, webs, comercio electrónico, etc., yo tengo la sensación que dicha burbuja existe. ¿Quien la propone y por qué?, si pensara mal, pensaría que es una táctica del Estado para maquillar en la situación actual las cifras de empleo, a la vez que recauda cantidades ingentes de impuestos, recordemos que ser autónomo implica pagar y pagar una cantidad importante desde el primer día que uno se da de alta, quizás antes incluso. Antes de convertirnos en vendedores emprendedores, estudiemos muy bien, el plan de empresa, las leyes que nos afectan, los compromisos y aportemos nuestra experiencia.


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