Revista Solidaridad

Subvenciones destinadas a supresión de barreras arquitectónicas en viviendas en el Ayuntamiento de Irún. Convocatoria 2013-2014

Por Aparcamientodiscapacitados


Fecha apertura de plazo 21-12-2013Fecha fin de plazo 29-11-2014

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES 
a) Primera instalación de ascensores en viviendas b) Aparatos elevadores especiales (plataformas verticales, plataformas salva escaleras, sillas salva escaleras), rampas y cualesquiera otras asimilables para salvar desnivel desde la vía pública al portal como del portal al ascensor. c) Obras en el portal para hacer accesibles ascensores preexistentes Dotación presupuestaria para los supuestos a), b) y c): 80.000 € Cuantía máxima de las subvenciones: Máximo 20% del presupuesto protegible (IVA no incluido) con un límite de 8.000 €. (Ver en las bases coeficientes para determinar el presupuesto protegible) d) Adecuación de interior de viviendas para personas discapacitadas, con movilidad reducida y/o mayores de 70 años: sustitución de bañeras por duchas, puertas de paso, sensores de luz y gas, etc. Dotación presupuestaria para el supuesto d): 40.000 € Cuantía máxima de las subvenciones: Máximo 30% del presupuesto de contrata de la obra civil (IVA no incluido) Límite 600€ 

ACTUACIONES NO SUBVENCIONABLES - Actuaciones en los edificios de nueva planta realizadas por los propios promotores y contratistas. - Actuaciones en los edificios colectivos de viviendas de propietario único, sea persona física o jurídica. - En los supuestos a, b y c: actuaciones en edificios de tipología de villa unifamiliar o bifamiliar, aislada o adosada. 

REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES * Deben estar concluidas en el momento de la solicitud * Han debido obtener licencia municipal a partir del 1 de enero de 2013. Si la licencia no fuera necesaria, las actuaciones se han debido realizar a partir de enero de 2013. 

REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS RESIDENCIALES * Antigüedad superior a 10 años. * Altura superiores a planta baja más tres pisos (PB+3) Excepciones a requisitos de antigüedad y altura de los edificios: - Edificios donde habiten personas de movilidad reducida siempre y cuando les haya sobrevenido esta situación con posterioridad a la ocupación de la vivienda o se trata de personas mayores de 70 años. 

TRAMITACIÓN Y PAGO - Las subvenciones se tramitarán por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta agotamiento del crédito para cada línea de subvención. - El importe total de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere el coste de la actuación subvencionada. - No se conceptuarán como gastos subvencionables: el IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y, en general, cualquier tributo ni los gastos financieros consecuencia de la inversión. - El abono de la subvención se realizará en un único pago. - Las solicitudes que reúnan todos los que no se resuelvan únicamente por falta de recursos económicos podrán ser resueltas en el ejercicio siguiente en caso de que haya convocatoria al efecto. 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR - Impreso solicitud: En la misma se debe incluir, entre otros datos, referencia de la Licencia de Obras (Fecha de solicitud, número de Registro de Entrada, Código de Expediente, número o fecha del acuerdo), si fuera precisa según la normativa. - Declaración responsable - Declaración jurada de otros ingresos (junto con resol. concesión) - Certificado bancario de titularidad c/c a nombre del solicitante - Hoja Resumen de las características de la instalación/obras y presupuesto, según modelo normalizado. - Fotocopia del DNI o documento de identificación de todos los propietarios del edificio. - Certificado de fin de obra suscrito por técnico director o, en caso de que no haya sido preceptiva la intervención de aquél, declaración de fin de obra de quien la haya ejecutado. - Factura o liquidación final correspondientes a las obras/instalación objeto de subvención y justificantes de pago de las mismas así como visto bueno de quienes hayan solicitado la subvención. 
En los siguientes casos, además: - Primera instalación de ascensores: ITE - Comunidad de propietarios: Fotocopia de NIF de la comunidad y acta acordando la ejecución de las obras/instalaciones y facultando al administrador o presidente para representar a la comunidad, realizar el cobro de la ayuda correspondiente y emitir recibo de la misma - Acreditación de residencia de personas discapacitadas o con movilidad reducida: Documento acreditativo de DFG. Volante de Padrón (se facilita en el SAC) - Acreditación de residencia de persona mayor de 70 años: Fotocopia de DNI Volante de Padrón (se facilita en el SAC)
www.irun.org/cod/subvenciones/beca.asp?idioma=1&clave=448
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