6 errores comunes a la hora de gestionar el pago delegado de la IT en caso de accidente laboral o enfermedad profesional

Por Asesoriza

Publicado en Incapacidad temporal el 4 de octubre de 2013

Cuando a un trabajador se le reconoce una baja por Incapacidad Temporal (IT), por accidente laboral o enfermedad profesional, la empresa le adelanta, en concepto de pago delegado, el importe de la prestación que le corresponde, que en realidad corre a cargo de la mutua o entidad gestora, y que después la empresa recupera deduciéndolo del importe que debe pagar a la Seguridad Social (SS).

A la hora de gestionar este pago delegado, a veces se cometen errores por parte de los distintos departamentos de la empresa, entre ellos el de prevención de riesgos laborales, que hacen que finalmente se produzca una diferencia entre los datos de los que disponen la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y su mutua o entidad gestora, respecto de las deducciones hechas por su empresa.

Entre las principales causas por las que se suelen producir diferencias en los datos relacionados con el pago delegado se encuentran las siguientes:

  • Realizar erróneamente la tramitación de los partes de accidente. Ésta es una de las causas más comunes, por lo que es imprescindible que la persona encargada de tramitarlos domine el sistema empleado para su envío.
  • Calcular de forma incorrecta la base reguladora de la prestación. Para que no ocurra este error (que es muy frecuente) es aconsejable cotejar siempre los resultados que tenga su empresa con los que le salgan a la mutua. Habitualmente, las mutuas de accidente envían un estadillo a la empresa con las bajas por IT, las bases reguladoras y el importe de la prestación. Si su mutua no lo envía, solicíteselo para confeccionar el seguro social TC/1 correctamente y evitar tener que realizar regularizaciones posteriores.
  • Emitir el parte de alta o de baja con una fecha incorrecta.
  • No comprobar la correcta recepción de los partes de accidente tramitados. Es importante comprobar que los partes no han sido rechazados, porque si esto ocurre no se habrán tramitado y su empresa no podrá aplicarse las deducciones que le corresponden. No haber recordado al trabajador que tiene que entregar en el plazo establecido el parte de alta o baja para asegurarse de incluirlo en el boletín de cotización correspondiente.
  • En el caso de no haber recibido a tiempo el parte de alta o baja por parte del trabajador, no haber subsanado las diferencias producidas.
  • Omitir el envío de los partes de baja, alta y confirmación, tanto de contingencias comunes como de contingencias profesionales.

Es muy importante que su empresa tenga bajo control la gestión del pago delegado, ya que en caso de errores, deducciones indebidas, etc. su empresa puede ser sancionada.