Aclaración de masones españoles a la acusación de hacer política (1930)

Publicado el 29 junio 2015 por Habitalia

Madrid, septiembre de 1930

"[...] La Pugna entre nuestros ideales y los de gentes fanáticas e intransigentes no puede ocultarse; lo sabemos y lo proclamamos. Precisamente, nuestro gran ideal es acabar con el fanatismo y hacer que en nuestro pueblo reine, como en el resto del mundo, la tolerancia.

¡Como que uno de los grandes principios de la Orden es el de la libertad de conciencia!

Pero que se sepa y se proclame bien que esto, que en España se considera pecaminoso y vitando, es base del Derecho de gentes y que no hay en los países civilizados ni uno solo en el cual no esté constitucionalmente consagrado el humano y racional dogma público de la libertad de conciencia, tanto en la esfera del pensamiento como en la zona de los cultos religiosos [...].

Más aún: el propio Vaticano, en el famoso e histórico tratado de Letrán, donde pactó el pontificado la reconciliación con el Poder civil de Italia, llegándose a entender con Mussolini, dejó también reconocida solemne y concretamente la libertad de conciencia y de cultos [...].

No se diga después que hacemos política. Una cosa es el ejercicio lícito de un derecho, en este caso correlativo del cumplimiento de un deber, tan elemental y primario como el de defender nuestros principios y doctrinas, y otra muy distinta ponerse al servicio de ningún núcleo, grupo o fuerza partidista. Esto sí que no será.

La Francmasonería no hace ni puede hacer política partidista. Si procura formar hombres libres y convincentes, que, emancipados de la ignorancia y del fanatismo, puedan independiente y soberanamente regir sus intereses y destinos. ¿Es esto hacer política?

En este sentido, no solo nos vanagloriamos de ser políticos, sino que proclamamos que carecería de sentido la Orden si esta magna y emancipadora labor de libertar al hombre de la esclavitud espiritual civil no ha de realizarse [...]".

Boletín Oficial del Supremo Consejo del Grado 33 para España y sus dependencias, año XXXVII, nº 393, Madrid, septiembre de 1930, págs. 1-3.

Publicado en José Antonio Ferrer Benimeli, La Masonería española: La Historia en sus textos, Madrid, 1996, pp. 170-171.