Un caso: “Fui objeto de acoso sexual por parte del director del liceo donde me inicié como docente, el cual pasó de la seducción y el ofrecimiento de mejoras laborales (chantaje) a la presión, a la amenaza y hostigamiento laboral… al no ver logrado su propósito, echó a andar rumores de descalificación moral sobre mí: que yo no era una mujer decente, que usaba faldas muy cortas, que me acostaba con mi novio; esta situación duró dos años hasta que él fue cambiado a otra ciudad, me hizo la vida imposible durante todo este tiempo… de no ser por el apoyo de compañeros de trabajo y mis estudiantes y la ilusión que tenía con mi primer trabajo, no me hubiera podido mantener allí. Cuando recuerdo lo que me tocó vivir se me salen las lágrimas… fue horrible, yo estaba muy joven y él era un hombre mayor… no sabía qué hacer”.
En este caso se observan las fases del acoso sexual laboral: 1. Seducción, 2. Amenaza, 3. Hostigamiento, 4. Desprestigio, 5. Deseos de evasión, 6. Búsqueda de apoyo, 7. Daños a la salud física y mental y 8. Estrés postraumático. Las personas que han vivido periodos prolongado de acoso padecen sufrimiento psicológico con secuelas de por vida, pudiendo llegar al suicidio.
¿Qué hacer ante el acoso sexual en el trabajo? No callar: es necesario comunicar a las y los compañeras/os de trabajo lo que está ocurriendo para neutralizar al acosador.
Denunciar: acumular evidencias de los ataques del acosador (correos, llamadas), tener testigos (estar acompañada para acercarse al acosador, o alguien que oiga).
Apoyo moral: familiar, de amigas/os o de compañeras/os de trabajo.
Apoyo psicológico: fortalecer la confianza en sí misma, combatir la vergüenza y evitar el impacto emocional, proteger la salud.
El acoso sexual está prohibido y sujeto a sanciones en la Lottt con multas, acciones civiles y penales (art. 528). Es considerado delito en la Ley Orgánica por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (art. 40) estableciendo sanción de uno a tres años de prisión (art. 48).
Publicado por Género con Clase