Moisés Cayetano Rosado
Recurro al PLAN NACIONAL DE ARQUITECTURA DEFENSIVA. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Madrid, 2015. Pgs. 26 a 29. http://ipce.mcu.es/pdfs/PNArquitecturaDefensiva.pdf) para documentar los tres tipos de actuaciones que generalmente se suele tener para con el patrimonio monumental en general y con el referente a la arquitectura defensiva en particular.Creo que son suficientemente ilustrativos de lo que se hace, avalando decididamente la actuación conservadora y consolidadora, que tiene tras de sí el respaldo no solo de la legislación nacional sino de los acuerdos internacionales que a partir de la Carta de Atenas de 1931 se han adoptado, entre los que sobresalen la Carta de Venecia de 1964, la Carta de Nara de 1994 y los Principio de la Valetta de 2011, abogando por la salvaguarda de la integridad y la autenticidad.
Así, se indica en el Plan que: El deterioro de un bien defensivo, ya sea debido al paso del tiempo o por medio de las fracturas, huellas o heridas sufridas en el ejercicio de su propia función estratégica, expresa una parte consustancial a su propia historia, por lo que siempre que no se comprometa la seguridad del edificio, esta clase de testimonios debe ser ineludiblemente conservada
¿Cómo justificar, entonces, casos como el del Fuerte de San Cristóbal de Badajoz? ¿Cómo superar este obstáculo para su inclusión en la Candidatura en Serie, como se pretende? ¡Y lo peor es que previamente se les había advertido, tanto a los responsables políticos como a los técnicos -con alegaciones incluso en tiempo y forma-, del atropello que se iba a cometer y que finalmente se perpetró!